Ordinarios
Descanso en día domingo; Irrenunciabilidad;
ORD. Nº3916
10-oct-2014
Informa lo que indica.
DEPARTAMENTO JURIDICO
K 10860(1850)2014
ORD.: Nº 3916 /
MAT.: Descanso en día domingo; Irrenunciabilidad
RORD.: Informa lo que indica.
ANT.: 1) Pase Nº1682, de 17.09.2014, de Jefe de Gabinete Director del Trabajo;
2) Ord. Nº376, de 11.09.2014, de Inspector Comunal del Trabajo de Curanilahue;
3) Presentación de 10.09.2014, de Sr. Mario Bravo Espinoza, Presidente Sindicato de Trabajadores Los Mallines.
SANTIAGO, 10.10.2014
DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO
A : SR. MARIO BRAVO ESPINOZA
PRESIDENTE SINDICATO DE TRABAJADORES LOS MALLINES
EMPRESA ASERRADEROS ARAUCO S.A. PLANTA REMANUFACTURAS
CURANILAHUE.
Mediante presentación del Ant. 3), solicita de esta Dirección, autorización para cambiar el día 20 de septiembre que les corresponderá laborar, y pueda ser de descanso, con un día de trabajo en día domingo, lo que sería por única vez, para lo cual se encontrarían de acuerdo tanto la empresa Aserraderos Arauco S.A. Planta Remanufacturas como sus trabajadores y el Sindicato constituido en la misma.
Sobre el particular, cúmpleme informar a Ud. lo siguiente:
El artículo 35, inciso 1º del Código del Trabajo, dispone:
"Los días domingo y aquellos que la ley declare festivos serán de descanso, salvo respecto de las actividades autorizadas por ley para trabajar en esos días."
La norma legal anterior señala en forma imperativa que los días domingo y festivos serán de descanso, a menos que se trate de aquellas actividades autorizadas por ley para laborar estos días.
Pues bien, como de los antecedentes aportados a la consulta se desprende que la actividad a que ella se refiere tiene una jornada distribuida de lunes a sábado, el día domingo debe ser de descanso.
De esta forma, el pronunciamiento solicitado aún cuando hubiere podido emitirse oportunamente, antes del día 20 de septiembre, lo que no fue posible por lo inmediato de la solicitud y la tramitación que se diera a la misma, esta Dirección no habría podido legalmente acceder a ella, atendido lo dispuesto en la disposición legal citada.
Saluda a Ud.
JOSÉ FRANCISCO CASTRO CASTRO
ABOGADO
JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
SOG/JDM/jdm
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