Contenido principal

Noticias

12/01/2010

Directora del Trabajo manifestó preocupación por prácticas desleales en la negociación colectiva

Treinta y dos empresas y/o empleadores -13 de la Región Metropolitana y 19 del resto del país- fueron condenadas por los Tribunales de Justicia por ejercer prácticas antisindicales durante el segundo semestre del año pasado.

La información fue entregada por la Dirección del Trabajo, dando cumplimiento al artículo 294 bis del Código del Trabajo, que obliga la publicación de los infractores condenados por los tribunales en un medio de comunicación de circulación nacional.

La Directora Patricia Silva precisó que la conducta más sancionada por los tribunales durante este período fue la separación ilegal de trabajadores con fuero sindical, especialmente los dirigentes de las organizaciones. Sostuvo la Directora que esta conducta, por una parte, supone un acto de intimidación hacia los trabajadores que ejercen su derecho a la libertad sindical, y por otra, una acción de competencia desleal respecto de los empleadores que respetan los derechos de sus dependientes.

Asimismo, dijo que cada una de las prácticas antisindicales publicadas en esta oportunidad incide negativamente en la capacidad de los trabajadores para desarrollar procesos de negociación colectiva con sus empleadores, lo que termina afectando las relaciones laborales y precarizando las condiciones de empleo en general.

Al respecto, sostuvo que "este es un tema altamente preocupante, en un país con una baja tasa de sindicalización y aún menor de negociación colectiva. Cada vez que se detectan prácticas antisindicales y desleales en la negociación colectiva se perpetúan conductas basadas en la desconfianza y la hostilidad en las empresas, situación que no hace más que enturbiar las relaciones laborales al interior de los ambientes de trabajo y deteriorar la productividad. Este ambiente de temor vuelve ineficaz los esfuerzos de autorregulación de las partes, y condiciona gravemente la iniciativa negociadora de aquellos dependientes que no están sindicalizados".

Por otra parte, la Directora destacó el tremendo esfuerzo público que ha significado, tanto para los Tribunales como para la Dirección del Trabajo, la exitosa instalación de la Nueva Justicia Laboral en los últimos meses. "Antes, los juicios laborales demoraban hasta cuatro años, lo que contrasta con los tiempos de respuesta de la nueva justicia. Los procesos se han vuelto cada vez más acotados en el tiempo, dada la mayor coordinación y cooperación entre la autoridad administrativa, que investiga las denuncias, y la labor judicial especializada que responde a la demanda de justicia de la ciudadanía".

"La Nueva Justicia Laboral -prosiguió- ha demostrado estar funcionando muy bien, y dando una respuesta oportuna con el fin de garantizar los derechos de los trabajadores y trabajadoras, especialmente los de la clase media de nuestro país, que recurren a la protección del Estado".

Patricia Silva puntualizó también que, junto con la multa y la sanción social que representa esta publicación, las empresas condenadas por prácticas antisindicales y desleales quedan excluidas como proveedores del sistema de compras públicas, según lo establece la Ley 19.886. Además, en cada uno de los juicios terminados, los jueces han ordenados diferentes medidas reparatorias en favor de los trabajadores y organizaciones afectadas, que ayuda a restablecer el imperio del derecho.

No obstante, la Directora del Trabajo señaló que sigue persistiendo el problema del "efecto perverso del multi RUT en las empresas", resquicio que permite esconder la identidad legal real de los empleadores infractores ante los incumplimientos de los derechos laborales de sus trabajadores.

Sanciones

En relación al primer semestre del año 2009, la cantidad de empresas se elevó de 19 a las ya mencionadas 32, y el monto recaudado por concepto de multas subió de mil 110 UTM, en el primer semestre, a mil 695 UTM (62 millones 482 mil 785 pesos), fondos que por expresa disposición legal son destinados al Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, Sence.
El hecho sancionado más frecuente fue, en esta oportunidad, la separación ilegal de trabajadores con fuero sindical, situación que se da en 14 de los 32 casos.

Otras infracciones sancionadas son no otorgar trabajo convenido a dirigente sindical; no descontar el 75% de la cuota sindical ante la extensión de los beneficios de un instrumento colectivo; despidos de trabajadores sindicalizados; ofrecimientos de beneficios especiales destinados a desincentivar la afiliación sindical; actos de hostigamientos a la organización sindical, y ejercer discriminaciones indebidas entre trabajadores para incentivar o desincentivar la afiliación o desafiliación sindical.

Un aspecto relevante de la lista actual lo constituye el hecho de que en ella aparecen juicios llevados en la antigua justicia laboral y otros afectos a la Reforma Procesal Laboral, vigente ya en todo el país. Al menos cinco de las empresas sancionadas (Buses Línea Azul; Proyecto de Ingeniería Estructural Mecánica Ltda.; Comercial e Industrial Abu Gosch; Abu Gosch y Cía Ltda., y Universidad La República) lo fueron bajo los nuevos procedimientos, lo que significa tiempos de juicio muy inferiores. Con la Nueva Justicia Laboral, estos no superan los cinco meses, lo que contrasta con los dos a cuatro años del sistema antiguo.

Mayores multas y reincidentes

Las empresas que aparecen con las multas más altas aplicadas (150 UTM) corresponden a la empresa Printas S.A. Impresores, por separación ilegal de trabajador aforado, y el Colegio Particular Helénico, por separación ilegal de trabajador con fuero sindical.

La empresa de seguridad Gama Service Ltda, multada con 120 UTM por separación ilegal de trabajador aforado, es reincidente en este tipo de prácticas. En el primer semestre de este año, fue condenada por separar ilegalmente al tesorero del sindicato, debiendo pagar una multa también de 120 UTM. Y con anterioridad, durante el primer semestre de 2006, fue sancionada por retardo en el pago de las cuotas sindicales descontadas a los trabajadores.
En el primer semestre de 2005, aparece en el listado Ripley de La Serena (La Serena Store Co. S.A.). En esta oportunidad es Valparaíso Store Co. S.A., Ripley de esa ciudad, la que fue condenada a pagar 20 UTM por incumplimiento de contrato colectivo.

Con este nuevo listado de empresas y/o empleadores condenados por ejercer prácticas antisindicales, la cantidad de infractores se eleva a 278 desde 2005.

Más antecedentes en:

http://www.dt.gob.cl/1601/w3-article-94445.html