22/12/2006
De acuerdo a los antecedentes preliminares en la Región Metropolitana se han fiscalizado un total de 107 buses, de los cuales 39 resultaron sancionados, mientras que en la III Región de un total de 18 fiscalizaciones se han cursado 15 multas. La infracción más recurrente es no tener en uso o no llevar correctamente el registro control de asistencia.
Un exhaustivo Plan de Fiscalización al transporte de pasajeros está desarrollando en los principales terminales de buses y carreteras del país la Dirección del Trabajo. Tal como lo anunció la Directora del Trabajo, Patricia Silva Meléndez, en la firma del Acuerdo Sobre Jornada Laboral del sector transporte de pasajeros.
"Hemos notado un nivel de infracciones menor a años anteriores, esto supone que las empresas del sector están implementando un sistema de control automatizado de jornada", señaló, el jefe de la División de Inspección, Christián Melis, en dependencias del Terminal Estación Central de Santiago. Asimismo, indicó que, "la fiscalización está orientada a verificar si efectivamente se ha implementado o se encuentra en funcionamiento el Sistema Centralizado de Control de Jornada y Descanso".
Las infracciones más comunes se cursan básicamente por no cumplir con las disposiciones sobre el máximo de jornada de trabajo, no llevar registro de asistencia, no respetar el descanso de los trabajadores y la falta de escrituración de contrato, "Hemos cursado infracciones a algunas empresas que no poseen sistema, otras que lo tienen, pero no está funcionando", sostuvo la autoridad.
De acuerdo a los antecedentes preliminares en la Región Metropolitana se han fiscalizado un total de 107 buses, de los cuales 39 resultaron sancionados, mientras que en la III Región de un total de 18 fiscalizaciones se han cursado 15 multas. La infracción más recurrente es no tener en uso o no llevar correctamente el registro control de asistencia. Sin embargo, no ha sido necesario suspender tripulaciones. Estas fiscalizaciones permiten detectar infracciones que pueden evitar accidentes futuros.
La ley establece diversas normas que regulan el descanso: el conductor no puede conducir más de cinco horas y con dos horas de descanso a lo mínimo. Las empresas se exponen a infracciones que van desde la multa (entre 10 y 20 UTM por infracción constatada) hasta la suspensión del vehículo.
Finalmente cabe destacar que al institución continuará con la fiscalización al sector transporte en el resto del año, para la protección de trabajadores y de quienes utilizan el servicio.