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01/03/2005

Dirección del Trabajo evalúa reducción de jornada laboral

Durante enero la Dirección del Trabajo realizó 9.142 fiscalizaciones, de las cuales 6.896 estuvieron dedicadas a la reducción de la jornada laboral, es decir, un 75% de nuestras actuaciones durante este período estuvo cruzada por la fiscalización de la reducción de la jornada laboral.

La reducción de la jornada laboral ha marcado un hito histórico para el país, pues después de más de 80 años con una jornada laboral de 48 horas, Chile da un salto cualitativo no tan sólo en la protección de los derechos laborales en orden a mejorar la calidad de vida de los trabajadores, sino que también en elevar los niveles de productividad en las empresas.

La Dirección del Trabajo para efectos de la Fiscalización de la reducción de la jornada laboral utilizó una metodología procedimental coherente para abordarlas, tanto de oficio como denuncias.

Por Denuncia: Para ampliar el marco de cobertura optimizando nuestros recursos se determinó que absolutamente todas las denuncias que llegaran a la Dirección del Trabajo incorporaran como materia obligatoria de fiscalización la reducción de la jornada de trabajo.

Por Programa: El lunes 10 de enero se dio inicio al Primer Programa Nacional de Fiscalización de Reducción de Jornada, que se orientó exclusivamente a verificar el cumplimiento de esta normativa.

De Oficio: En este plano se aplicó el mismo criterio que en las denuncias, es decir, en todos los programas de oficio, tanto a nivel nacional como regional, se incluyó como materia de fiscalización la adecuación de la reducción de la jornada laboral.

Desde antes de entrar en vigencia la reducción de la jornada laboral la Dirección del Trabajo siempre destacó que su actuación iba a ser equilibrada, racional, flexible y equitativa. Y bajo esta óptica durante la primera semana de enero se fiscalizó exclusivamente las denuncias que hasta ese momento se habían recibido tanto en forma individual como a través de la CUT, las que mayoritariamente tenían relación con la extensión del horario de colación. Por ello se aplicaron fuertes multas, como una señal de que no se iba a aceptar este mecanismo como forma de burlar el espíritu de la ley. Creemos que esta actuación logró los resultados esperados, como podrán apreciar a través de las cifras que en esta ocasión daremos a conocer.

Con respecto a las multas también se aplicó un criterio flexible, puesto que para el caso de la micro y pequeñas empresas una vez constatada una infracción no se multaba inmediatamente, sino que se dio un plazo de hasta 4 días hábiles para subsanar la situación, puesto que el objetivo planteado por la Dirección del Trabajo fue, además de relevar su rol educativo, buscar por sobre la sanción el cumplimiento de la normativa legal.

También se aplicó un criterio flexible con respecto al monto de las multas aplicadas, las que fueron segregadas por la cantidad de trabajadores dependientes de cada empresa. Los tramos en cuestión y con sus respectivos montos fueron los siguientes:

CANTIDAD DE TRABAJADORES DEPENDIENTES DE LA EMPRESA

1 a 49

50 a 199

Mas de 200

1 UTM POR TRABAJADOR

5 UTM POR TRABAJADOR

10 UTM POR TRABAJADOR

 

 

 

 

Como se podrá apreciar se aplicaron criterios más severos en la fijación de multas (por trabajador afectado) debido a la relevancia de esta normativa.

Durante enero la Dirección del Trabajo realizó 9.142 fiscalizaciones, de las cuales 6.896 estuvieron dedicadas a la reducción de la jornada laboral, es decir, un 75% de nuestras actuaciones durante este período estuvo cruzada por la fiscalización de la reducción de la jornada laboral.

Del total de fiscalizaciones que revisaron adecuación de jornada, el 8% corresponde a denuncias específicas (528), el 69% corresponde a denuncias por otras materias a las que se agregó de oficio la revisión de adecuación de jornada (4.730), y el 24% corresponde a fiscalizaciones de oficio (programas de fiscalización, 1.638) específicamente orientadas a la revisión de la adecuación de jornada. Y , del 100% de nuestras actuaciones, el 75% de ellas durante este período tuvieron a la reducción de jornada como materia de fiscalización.

Sólo 710 de las fiscalizaciones iniciadas y terminadas en enero de 2005, es decir, en el 7,8% del total, se aplicó multa por infracción específica a la adecuación de jornada. Si sólo se considera los casos en que el fiscalizador tenía el mandato expreso de revisar la adecuación de jornada, este porcentaje se eleva al 9,5%.

Por eso se puede afirmar que en términos generales el nivel de cumplimiento de las disposiciones de adecuación de la jornada se sitúa alrededor del 90% de las empresas.

Por concepto de adecuación de jornada se aplicó un total de 710 multas, que corresponde al 9% del total de las multas aplicadas en el período, sin embargo, el valor en pesos de esas multas ($1.240.632.931) corresponde al 19% del valor total de las multas aplicadas durante el mes. Ello debido a que dada la importancia del asunto se advirtió de antemano, y así se hizo, que se debía aplicar multas severas.

Por eso es que mientras el promedio del valor de cada multa por otras infracciones es de sólo $ 734.558, el promedio del valor de las multas por infracción a la adecuación de jornada es de $ 1.747.370, es decir, 2.4 veces mayor.

Del total de 171.370 trabajadores involucrados directamente en las fiscalizaciones realizadas (esto es que fueron entrevistados o respecto a quienes se revisó la documentación) un número de 119.136, esto el 70% del total, estuvieron involucrados en las fiscalizaciones orientadas a revisar la adecuación de jornada. En términos indirectos nuestra acción favoreció a 320 mil trabajadores aproximadamente.

Gráficos Reducción JornadaGráficos Reducción Jornada
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