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fiscalización transporte

26/10/2012

fiscalización transporte
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140 buses fiscalizados por fin de semana largo

En lo que va del año el Servicio ha realizado 1.261 inspecciones programadas y aplicado multas por más de 1.300 millones de pesos.

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Dos choferes y un auxiliar suspendidos es el balance preliminar de la novena fiscalización por fines de semana largo practicada en trece regiones del país por la Dirección del Trabajo.

Esta vez las inspecciones se han realizado entre el 30 y el 31 de octubre, previéndose un total de 140 buses controlados para verificar que sus tripulaciones cumplen con sus jornadas de trabajo y descanso.

La fiscalización fue encabezada en el Terminal de Buses Santiago, en la Región Metropolitana, por la Directora del Trabajo, María Cecilia Sánchez, junto al subsecretario del Trabajo, Bruno Baranda y la subsecretaria del Ministerio de Transporte, Gloria Hutt, cuyos fiscalizadores controlaron el uso del cinturón de seguridad y las condiciones mecánicas de los vehículos.

Las autoridades concurrieron a la estación de buses repleta de pasajeros que se prestaban a pasar el fin de semana largo fuera de la capital. Allí María Cecilia Sánchez informó que "durante 2012 se han realizado 1261 fiscalizaciones a nivel nacional, cursándose 812 sanciones, por montos que superan los 1.300 millones de pesos".

Simultáneamente, los directores regionales del Trabajo realizaron fiscalizaciones en trece regiones, excepto Coyhaique y Magallanes.

Por su parte, el subsecretario del Trabajo, Bruno Baranda, recalcó que estás fiscalizaciones enfatizan, en primer lugar, "verificar que los equipos para controlar la jornada estén instalados y en uso y que las jornadas de trabajo se respeten y cumplan" con el objetivo de disminuir la accidentabilidad en este sector.

Faltas más frecuentes
A lo largo de las nueve fiscalizaciones programadas durante este año las infracciones más recurrentes han sido:

  • No llevar correctamente el registro de asistencia y de horas trabajadas según lo autorizado por Resolución Nº 1081 del 22-09-2005 de la Dirección del Trabajo.
  • Manejar más de cinco horas continuas.
  • No cumplimiento de Resolución que autorizó un sistema excepcional de distribución de jornadas de trabajo y descanso.
  • No llevar registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo, de acuerdo a lo establecido en Resolución Nº 1081 del 22-09-2005 de la Dirección del Trabajo.
  • No otorgar descanso semanal compensatorio.
  • No otorgar descanso mínimo ininterrumpido de 8 horas dentro de cada 24 horas.
  • No otorgar descanso mínimo de dos horas, después de manejar más de cinco horas continuas.
  • No otorgar descanso mínimo de dos horas entre dos turnos de conducción.
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