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10/05/2012

Multas por 174 millones de pesos a buses interurbanos

A esta altura del año, este sector del transporte de pasajeros acumula sanciones por un total de 734 millones de pesos.

No llevar correctamente el registro de asistencia y conducir más de cinco horas continuas fueron las infracciones más frecuentes detectadas por la Dirección del Trabajo (DT) durante la fiscalización a los buses interurbanos efectuada el 27 y el 30 de abril, en el contexto del feriado del 1º de mayo.

El control incluyó 153 fiscalizaciones en trece regiones del país, excepto Aysén y Magallanes. En total se cursaron 101 sanciones por un total de 4.160 UTM y 52 IMM, todo lo cual suma $174.403.840.

Además, seis conductores y cinco auxiliares fueron suspendidos de sus turnos, al comprobarse que no habían cumplido previamente con los tiempos de descanso obligatorios.

Durante los primeros cuatro meses del año la Dirección del Trabajo ha fiscalizado a este sector del transporte bajo tres modalidades: ante denuncias, vía on-line y mediante programas que se aplican en la época de mayor flujo, como son fines de semana largo y vacaciones.

Este esfuerzo inspectivo ha redundado en la aplicación de multas por $734.110.670.

El acento de las inspecciones está en los tiempos de conducción y descanso de las tripulaciones, puesto que ello incide en la seguridad de los viajes.

Según las cifras de accidentabilidad de 2011, divulgadas días atrás por la Superintendencia de Seguridad Social, el sector transporte es el que tiene la tasa más alta, con el 7,9 por ciento. Además, lidera el ranking de mortalidad con 18,8 fatalidades por cada cien mil trabajadores.

DETALLE DE LAS INFRACCIONES

A continuación, se desglosan las infracciones, sanciones y montos de multas de la fiscalización por el feriado del 1º de Mayo.

1. No otorgar descanso mínimo ininterrumpido de 8 horas dentro de cada 24 horas: 80 UTM y 2 sanciones.
2. No otorgar al arribar a un terminal un descanso mínimo de 8 horas, después de haber cumplido en ruta una jornada de 8 o más horas: 80 UTM y 2 sanciones.
3. Manejar más de cinco horas continuas: 1.070 UTM y 24 sanciones.
4. No otorgar descanso mínimo de dos horas, después de manejar más de cinco horas continuas: 100 UTM y 4 sanciones.
5. No llevar registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo: 290 UTM y 8 sanciones.
6. No llevar correctamente el registro de asistencia y de horas trabajadas: 1.660 UTM y 40 sanciones.
7. No otorgar descanso semanal compensatorio: 340 UTM y 6 sanciones.
8. No cumplimiento de Resolución que autorizó un sistema excepcional de distribución de jornadas de trabajo y descanso: 540 UTM y 13 sanciones.
9. Dificultar la fiscalización: 52 IMM y 2 sanciones.