El boletín es una publicación de carácter técnico a través del cual la Dirección del Trabajo cumple una de las misiones fundamentales que la ley le encomienda, cual es; la difusión de la normativa laboral.
En cada edición se reproducen dictámenes del Servicio y normativa con el objeto de difundir y aplicar, en forma coherente y uniforme, los criterios establecidos sobre la correcta aplicación de las normas laborales. En consecuencia, es un instrumento para el perfeccionamiento del personal de la Dirección del Trabajo, y asimismo, de consulta para profesionales, técnicos y usuarios del Servicio.
Estas son algunas orientaciones fundamentales que se aplican en cada edición:
Representatividad: inclusión de los dictámenes institucionales evacuados, independientemente de su carácter innovador, complementario, iterativo o modificatorio de la jurisprudencia administrativa vigente;
Confiabilidad: sustentada en la exactitud de la transcripción de sus contenidos;
Excelencia técnica: se entenderá por excelencia técnica el contenido, profundidad y forma del documento analizado, sin consideraciones de otro tipo;
Responsabilidad editorial: las opiniones expresadas en los artículos y otras colaboraciones firmadas incumbe exclusivamente a sus autores y su publicación no significa que la Dirección del Trabajo las sancione o apruebe;
Transparencia y ecuanimidad técnica: el Boletín no excluye la expresión de puntos de vista u opiniones sobre cuestiones controvertibles, pero todos los autores de trabajos que haya de publicar el Boletín deberán respetar sus normas y criterios, no descuidando su carácter institucional, siendo improcedente la inclusión de opiniones y enfoques político-partidistas que alteren la altura de miras y nivel técnico que pretende el Boletín, y
Eficiencia y eficacia: expresada en procurar cumplir los objetivos con el mínimo de costos, velando por la calidad, necesidades institucionales y considerandos descritos.