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07/06/2005

Dirección del Trabajo fiscalizará avisos con ofertas laborales discriminatorias

Un 12,28% de los avisos publicados contiene un requisito discriminatorio, lo cual atenta contra la Constitución y el Código del Trabajo. Los más recurrentes son la solicitud de currículum con fotografía, edad determinada, sexo y buena presencia.

La Dirección del Trabajo comenzará en las próximas semanas una serioe de fiscalizaciones para investigar las infracciones en que están incurriendo diversas empresas por discriminación laboral. Debido a la gran cantidad de avisos publicados en la prensa que contienen requisitos de carácter discriminatorio para postular a un trabajo, los diputados Exequiel Silva y Patricio Walker solicitaron a la institución el inicio de una inspección más a fondo en torno al tema.

Desde la entrada en vigencia de las reformas laborales del 2001, se estableció la prohibición que tienen los empleadores de publicar avisos que vulneren la igualdad de oportunidad al momento de postular a un trabajo. Sin embargo, luego de un estudio realizado por el Servicio, se detectó que un 12,28% de las ofertas de trabajo contiene algún tipo de requisito discriminatorio, tales como: exigencia del currículum con foto, edad, buena presencia o cualquiera donde se mida o evalúe la apariencia física, más que las condiciones personales o técnicas, nacionalidad, origen y estatura, entre otros.

Junto con manifestar que lo más importante es difundir la normativa para sacar evitar este tipo de avisos en los medios nacionales, el director del Trabajo, Marcelo Albornoz expresó: "Partimos desde lo más básico y elemental, pues independiente de que el empleador vaya a tomar una decisión a partir de las necesidades que el trabajo requiere, al menos debe respetar que a las personas no se les discrimine de entrada, con exigencias que no tienen relación con el puesto ofrecido".

Basado en los convenios internacionales suscritos por Chile, este tipo de avisos constituye una violación a los Derechos Fundamentales, ya que, entre otros el artículo 19 Nº 16, inciso 3º de la Constitución Política se establece claramente que "se prohibe cualquier discriminación que no se base en la capacidad o idoneidad personal, sin perjuicio de que la ley pueda exigir la nacionalidad chilena o límites de edad para determinados casos".

El diputado Exequiel Silva, junto con manifestar que existe una vulneración a la carta fundamental y al Código del Trabajo señaló que "se debe producir un cambio cultural importante. Hay otros países en el mundo donde sería impensable, no sólo por un asunto constitucional, sino cultural de que soliciten en un empleo una determinada edad para desempeñar un cargo, o un currículum con foto. Se deben, por tanto, eliminar todas las formas de discriminación, partiendo por esta".

Un acto de discriminación se fundamenta en hacer distinciones, exclusiones o preferencias basadas en motivos de raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional u origen social, que tengan por objeto anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el empleo y la ocupación.

La Dirección del Trabajo puede actuar vía denuncia o de oficio, como en este caso, ya que existe una norma específica en la legislación laboral que prohibe cualquier aviso que contenga algún requisito de carácter discriminatorio, por este motivo en las próximas semanas estos serán fiscalizados, aplicando, si es necesario, las sanciones legales que la ley establece para estos casos, las cuales pueden llegar a las 60 UTM, dependiendo de la cantidad de trabajadores que tenga la empresa infractora.

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