La Unidad de Seguridad y Salud en el Trabajo desarrolla las siguientes funciones:
- Diseñar e implementar la política y directrices del Departamento de Inspección en materias de Seguridad y Salud en el Trabajo, en base a los lineamientos y objetivos estratégicos institucionales, elaborando instrumentos y procedimientos que fortalezcan la labor de inspección en el ámbito de sus competencias.
- Diseñar y ejecutar las distintas acciones que demanden tanto la implementación de la Política como el Programa Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, para posicionar a la Dirección del Trabajo como una entidad comprometida con la protección y seguridad de los trabajadores.
- Proponer estrategias de difusión e intervención tanto a actores internos como externos para potenciar el desarrollo de la prevención de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales en los lugares de trabajo.
- Asumir, cuando se determine, fiscalizaciones especiales solicitadas por Autoridades, referidas a materias de seguridad y salud en los lugares de trabajo en coordinación con otras Unidades.
- Proponer acciones de fiscalización por programa, relacionadas con la Seguridad y Salud en el Trabajo, y Laborales que correspondan.
- Proporcionar apoyo y asistencia técnica a la línea de inspección en materias de fiscalización en el ámbito de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Proponer modificaciones normativas, de doctrina administrativa y al procedimiento de fiscalización que procedan, en materias de Seguridad y Salud del Trabajo y laborales de competencia de la Unidad.
- Mantener el sistema de vigilancia de accidentes graves y fatales, ocurridos en los lugares de trabajo y pesquisados a nivel país, retroalimentando a la línea y a los diversos usuarios que requieran dicha información.
- Participar en mesas de trabajo que permitan, tanto al Departamento de Inspección como a la Dirección del Trabajo, coordinar y avanzar en el ámbito de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Gestionar las solicitudes de autorización de sistemas de distribución excepcional de jornada de trabajo y de descanso que sean de competencia del Departamento de Inspección.
- Administrar el registro nacional de autorizaciones de sistemas de distribución excepcional de jornada de trabajo y de descanso otorgadas y establecer mecanismos de control para evaluar el cumplimiento de la norma a nivel país.
- Asumir, cuando se solicite, fiscalizaciones especiales asociadas al Convenio sobre el Trabajo Marítimo (MLC), 2006.
- Contribuir a la preparación y diseño de la política de inspección.