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Ochocientas fiscalizaciones al Comercio hará la Dirección del Trabajo antes de los feriados de Fiestas Patrias

Hasta el 16 de septiembre unos 50 fiscalizadores de la DT velarán porque los trabajadores de ese sector no laboren más de dos horas extras diarias. También se recibirán denuncias por Internet.

Una advertencia a los empresarios del Comercio sobre el respeto de las jornadas máximas diarias que deben cumplir sus trabajadores antes del 18 y 19 de septiembre próximos y la prohibición de funcionamiento en ambos días festivos, hizo la Directora del Trabajo, María Cecilia Sánchez.
Junto al subsecretario del Trabajo, Bruno Baranda, la autoridad se reunió con los máximos representantes empresariales de este rubro: Susana Carey, de la Asociación de Supermercados; Manuel Melero, de la Asociación de Centros Comerciales; Cristián García-Huidobro, de la Cámara de Comercio de Santiago y José Miguel Sarroca, de la Cámara Nacional de Comercio.

A todos ellos la Directora del Trabajo advirtió que en los días previos a los feriados de Fiestas Patrias los empresarios del Comercio pueden extender la jornada laboral hasta un máximo de dos horas diarias, siempre que ello sea aceptado por sus trabajadores, refrendado por escrito y pagado como tiempo extra.

Asimismo, les recordó que los días 18 y 19 de septiembre ningún trabajador del Comercio puede trabajar, salvo los que lo hacen en restoranes, pubs, fondas, bencineras, farmacias, cines y otros centros de entretención. También pueden abrir los locales pequeños, siempre que sean atendidos por sus dueños o acompañados por familiares.

Para hacer cumplir la ley, hasta el viernes 16 la DT fiscalizará en casi 800 locales comerciales el respeto a las dos horas extra diarias. Además, recibirá denuncias en su página web www.direcciondeltrabajo.cl.

Durante este lapso la DT persigue un doble objetivo: educar a los empleadores sobre sus restricciones horarias y también multar en los casos en que procede hacerlo. "Lo que nosotros queremos es que se cumpla la legislación laboral, que realmente los trabajadores descansen, que realmente se les pague las horas extraordinarias", dijo la autoridad fiscalizadora. Todo ello, con el objetivo de ir "avanzando culturalmente" en la comprensión de estos derechos, lo que se ha logrado progresivamente cada año, especialmente en las grandes cadenas del sector.

Durante los días 18 y 19, equipos fiscalizadores de la DT recorrerán en todo el país distintos sectores comerciales para verificar la prohibición de funcionamiento. También durante ambos días la DT acogerá denuncias y acudirá a verificarlas.

Este año el doble feriado comenzará a las 21 horas del 17 de septiembre y terminará a las 06:00 de la madrugada del día 20, salvo que los dependientes laboren en turnos rotativos de trabajo. De estar en este último caso, podrán prestar servicio entre las 21 y las 24 horas del día 17 o entre las 0:00 y las 06:00 de la madrugada.

María Cecilia Sánchez recordó que las violaciones a las disposiciones legales significarán multas de entre 5 y 20 UTM por cada trabajador afectado, dependiendo del tamaño de las empresas.

El año pasado la DT cursó 176 multas administrativas por un monto de $84.622.087.
Del total de multas, 143 fueron por incumplimientos a la jornada de trabajo. A saber:
a) 16 por exceder el máximo de 2 horas extraordinarias al día.
b) 48 por no otorgar descanso los días 18, 19 y/o 20 de septiembre de 2010.
c) 14 por no existir pacto escrito por horas extraordinarias.
d) 6 por inicio de descanso posterior a las 21 horas el 17 de septiembre.
e) 59 por causas que escaparon al objetivo central de la fiscalización: descanso de dos domingos al mes, registro de asistencia mal llevado, no dar descanso semanal compensatorio, etc.
f) 33 por materias distintas al control de la jornada de trabajo, principalmente higiene y seguridad, materia previsional, D.F.L. Nº 2.