27/04/2010
En su primer encuentro con la prensa, la Directora Nacional del Trabajo, María Cecilia Sánchez, dio a conocer las cifras de trabajadores despedidos invocando el artículo 159 Nº6, referido a "caso fortuito o fuerza mayor" como causal de término de la relación laboral.
Durante el mes de marzo, la Dirección del Trabajo recibió un total de 153.869 cartas-aviso de término de contrato, de las cuales 9.165 lo fueron por la citada causa.
Sin embargo, la gran mayoría de estas cartas fueron presentadas durante la primera quincena del mes, previo al dictamen de la Dirección del Trabajo que estableció los reales alcances del término caso fortuito o fuerza mayor. Además, según antecedentes entregados por la Institución, 2.894 cartas fueron dejadas sin efecto; en el caso de la Región de O'Higgins 123 trabajadores fueron recontratados.
Considerando todos estos aspectos, finalmente los trabajadores y trabajadoras despedidos con posterioridad al terremoto del 27 de febrero y en virtud del artículo 159 Nº6, fueron alrededor de 6 mil 271.
Al respecto, el Subsecretario del Trabajo, Marcelo Soto, precisó que el Gobierno enviará al Congreso Nacional, en los próximos días, un proyecto de ley que precise con mayor exactitud qué es "caso fortuito o fuerza mayor", el que tendrá como base el dictamen de la Dirección del Trabajo.
En otro tema, la Directora del Trabajo recordó que este 1 de mayo es feriado obligatorio e irrenunciable para todos los trabajadores del sector Comercio, como también para los trabajadores y trabajadoras de casa particular. Por ello, llamó a los empleadores a respetar la ley y otorgar descanso a sus empleados, precisando que, en el caso de los trabajadores de casa particular puertas adentro, este descanso se puede posponer hasta 90 días, con acuerdo del trabajador.
Refiriéndose al tema de las indemnizaciones y el bajo porcentaje de trabajadores que las reciben, la Directora María Cecilia Sánchez dijo que el Servicio a su cargo no tiene responsabilidad en ello, puesto que es una situación que se produce posterior al despido. La Dirección del Trabajo, en relación a los despidos y cuando el trabajador lo solicita, llama a un comparendo de conciliación, caso en el cual el trabajador podría obtener el total o parte de la indemnización, si así lo acordaren las partes de la relación laboral. Si no hay acuerdo, el trabajador debe recurrir a los Tribunales de Justicia, a fin de que éstos se pronuncien sobre la procedencia del despido y el pago de las indemnizaciones.
María Cecilia Sánchez informó también que se realizará una reingeniería de los fiscalizadores, con el fin de poner más funcionarios de terreno, a lo que el Subsecretario Soto acotó que la Dirección del Trabajo contará con todo el apoyo y financiamiento necesario para que dicho Servicio cumpla en forma oportuna y eficiente su rol de ente fiscalizador del cumplimiento de la legislación laboral.
Finalmente, ante una consulta respecto a las jefaturas de la Institución, María Cecilia Sánchez precisó que aún falta nombrar algunos Directores Regionales; que hasta ahora sólo están designados dos jefes de Departamento; que las demás jefaturas de Departamentos serán nombradas a la brevedad y, en los casos que proceda, se llamará a concurso público para proveerlas.