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18/08/2007

Dirección del Trabajo Fiscaliza Cumplimiento de Normas de Higiene y Seguridad en la Construcción

En acto presidido por el Ministro del Trabajo, Osvaldo Andrade, representantes del sector empresarial y los trabajadores valoraron las nuevas normas que aumentan la protección de los trabajadores y trabajadores de una misma faena, sean subcontratados o de la empresa principal. La Directora del Trabajo, Patricia Silva, señaló que la construcción es un sector especialmente sensible en materia de seguridad, razón por la cual será el foco de este nuevo programa que busca fomentar y facilitar el cumplimiento de las nuevas normas de protección y prevención.

Del total de accidentes investigados en 2007, el 24 por ciento ocurrió en la Construcción, seguida de la Industria, con un 18 por ciento, y el Transporte con un 17 por ciento. El sector Construcción registra 68 eventos graves, con 18 trabajadores muertos.

Entre enero y julio, la Dirección del Trabajo ha constatado 11.924 infracciones en materia de protección a la Salud y Seguridad; el 18 por ciento (2.239) corresponde a la Construcción, siendo las infracciones más frecuentes no proporcionar elementos de seguridad personal.

El Programa Nacional de Fiscalización a la Construcción se desarrolla en los meses de agosto y septiembre, enmarcado en una estrategia de gestión del cumplimiento, con la participación de los actores del sector.

Nuevas disposiciones

Las nuevas disposiciones legales han otorgado a la Dirección del Trabajo un rol más protagónico en materia de salud y seguridad y regulan su actuación y de la Seremi de Salud frente a accidentes graves o fatales, dándoles facultades para suspender una faena cuando sea necesario. La notificación, obligatoria para los empleadores, puede hacerse a un número especial para tales efectos: 600 360 7777.

Por su parte, los organismos administradores (mutuales e INP) tienen un plazo de 30 días para prescribir medidas correctivas para garantizar la seguridad de los trabajadores y el correcto cumplimiento de la ley.

Asimismo, la ley dispone de nuevos instrumentos de prevención de riesgos para los trabajadores y trabajadoras, fijando obligaciones como la mantención de un registro actualizado con el cronograma de las actividades programadas; copias de los contratos vigentes con empresas contratistas que laboran en la faena; los datos de los contratistas, subcontratistas y empresas de servicios transitorios, por ejemplo, el número de trabajadores y el nombre del encargado de las tareas, y un historial de accidentes y enfermedades profesionales de la faena. La empresa principal está también obligada a informar de las evaluaciones de riesgo.

En el caso de obras, faenas o servicios en que estén involucrados otros empleadores contratistas o subcontratistas, las condiciones y medidas de higiene y seguridad serán coordinadas y vigiladas por la empresa principal, de acuerdo al número de trabajadores de la obra.

Sectores: Construcción