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01/08/2005

Modernización de la justicia laboral se vota este martes

El objetivo del proyecto es modernizar los tribunales del trabajo y previsionales, dotándolos de un procedimiento sustentado en los principios de contradicción, celeridad, oralidad, inmediación, concentración, impulso procesal de oficio, publicidad, buena fe y gratuidad. Lo anterior, para contar con una justicia eficaz y oportuna.

El Senado está a días de dar un gran paso en materia de modernización de la justicia laboral y previsional, lo que se hará realidad el próximo martes 2 de agosto cuando la Sala se pronuncie sobre la idea de legislar del proyecto, en segundo trámite, que sustituye el procedimiento laboral establecido en el Libro V del Código del Trabajo, donde se contemplan juicios orales para abordar este tipo de materias.

Cabe mencionar que la idea de legislar de la iniciativa fue aprobada por la unanimidad de los integrantes de la comisión de trabajo, senadores Carlos Bombal (presidente), Augusto Parra, José Ruiz de Giorgio, Mario Ríos y Julio Canessa.

El objetivo del proyecto, que se encuentra en el segundo lugar en la orden del día, es modernizar la justicia laboral y previsional, dotándola de un procedimiento sustentado en los principios de contradicción, celeridad, oralidad, inmediación, concentración, impulso procesal de oficio, publicidad, buena fe y gratuidad. Lo anterior, para contar con una justicia eficaz y oportuna.

El presidente de la comisión de Trabajo, senador Carlos Bombal, afirmó que la iniciativa "está en la línea de lo que es la modernización de la justicia, necesaria también en el ámbito laboral". Sin embargo, manifestó su inquietud en el procedimiento propuesto ya que subyace un sentido de mayor protección hacia el trabajador, lo que, si bien es razonable respecto de las normas sustantivas del Código del Trabajo -que desarrollan el principio pro trabajador- no lo es en el ámbito judicial, "puesto que en él las partes deben tener igualdad de derechos para un debido proceso. En una sociedad moderna, como la nuestra, las relaciones laborales también se han transformado, y empleadores y trabajadores no deben verse como adversarios, sino que en un plano de cooperación y de mutua confianza".

Agregó que en las grandes empresas, prácticamente, no hay conflictos laborales y que las dificultades se dan en mayor medida a nivel de la pequeña y mediana empresa. En este sentido, dijo que "hay que cuidar que la normativa propuesta no deje a los empleadores de este último sector en una suerte de indefensión, al no contar con las herramientas necesarias para una debida defensa judicial. De no actuar en consecuencia, aumentará la informalidad y el incumplimiento de la ley, cuestión que no es lo deseable".

El senador Bombal subrayó que, en la discusión del articulado de la iniciativa, "deberá legislarse con acuciosidad, de manera de garantizar un escenario de máxima justicia y de real protección para las partes. Asimismo, es importante abrir mayores espacios para la conciliación, de forma de evitar la judicialización de todos los problemas".

Comisión de Trabajo

El senador Augusto Parra argumentó que el procedimiento propuesto "es indispensable, y es parte de la reforma global de la justicia laboral junto a las dos iniciativas legales ya despachadas, la primera que crea juzgados laborales y juzgados de cobranza laboral y previsional; y, la segunda, referida a las normas para la cobranza judicial de cotizaciones, aportes y multas de las instituciones de seguridad social".

Asimismo, sostuvo que "el objetivo del nuevo procedimiento no es sólo abreviar los juicios laborales, sino, también, contar con una justicia más transparente, confiable, oportuna y eficaz, conceptos que están insertos en el conjunto de principios que inspiran esta reforma".

Agregó que las objeciones formuladas al articulado de esta iniciativa son susceptibles de ser consideradas en la discusión en particular. "Es evidente que deben introducirse varios perfeccionamientos, pero no hay razones de fondo para no aprobar la idea de legislar".

En este sentido, el senador Augusto Parra recordó que las mayores críticas las ha concentrado el procedimiento tutelar, las que habrá que tenerlas presente al momento de formular indicaciones. En todo caso, manifestó que el recurso de protección no ofrece solución a los atropellos de que hoy puedan ser víctimas las partes en una relación laboral. Por la misma razón, su impresión es que aquel procedimiento, si bien es de gran interés y conveniencia, debe acotarse mejor, asegurando la seriedad en el ejercicio de la acción.

Por su parte, el senador José Ruiz de Giorgio destacó que el proyecto "no sólo agilizará el procedimiento laboral, que hoy es excesivamente prolongado y engorroso, sino que también hará posible que en un mayor número de juicios se dicte sentencia, por cuanto, de la información entregada en la exposición del señor Ministro del Trabajo y Previsión Social, se deduce que un 60% de las causas que ingresan actualmente a los tribunales del trabajo terminan siendo archivadas o sin que se adopte una resolución definitiva a su respecto, lo que, en la práctica, implica una denegación de justicia".

Respecto del procedimiento de tutela laboral, señaló que debe tenerse en cuenta que un número importante de trabajadores, al hacer su presentación ante el tribunal, no dispone de la debida asesoría jurídica y, por ello, muchas veces es desechada por defectos formales, sin que se conozca el fondo, lo cual se corrige con este procedimiento especial.

Por su parte, el senador Julio Canessa expresó que las correcciones que haya que introducir al proyecto, se harán por la vía de las indicaciones con motivo de la discusión en particular.

En tanto, el senador Mario Ríos dijo que la disposición del ministro del Trabajo y Previsión Social, Yerko Ljubetic, en orden a que se analizará la posible participación de los Jueces de Policía Local en causas laborales, abre una alternativa que considera muy importante. "La cercanía de la justicia es un elemento relevante para que la gente acceda a ella con facilidad y pueda confiar en una pronta y oportuna solución a sus problemas", señaló.

Agregó que espera que las indicaciones que presente el Ejecutivo, así como las que puedan formular los restantes senadores, solucionen las objeciones que se han hecho presente durante esta discusión en general.

A su vez, el ministro del Trabajo y Previsión Social expresó que el Ejecutivo ha tomado debida nota de los planteamientos que se han efectuado tanto por los senadores como por los invitados que concurrieron a la comisión, y manifestó su mejor disposición para estudiar los ajustes que sea pertinente realizar con motivo de la discusión de los artículo del proyecto, atendida la trascendencia de la reforma a la justicia laboral.

Asimismo, coincidió en que en el procedimiento laboral deben existir iguales garantías para las partes, resguardando el debido proceso. Ahora bien, a juicio del Ejecutivo, ello está cautelado en la normativa propuesta, no obstante lo cual expresó su disponibilidad para introducir las precisiones que fueren pertinentes.

Por último, el Secretario de Estado destacó que la normativa que en definitiva se adopte, debe ser coherente entre lo que es la teoría y la práctica, de modo que no ocurra lo que sucede con el procedimiento actual que, también inspirado en los principios de agilidad y oportunidad, y pese a las modificaciones que se le introdujeron en su momento, "no ha respondido a las expectativas y, por ello, ha de ser sustituido".

El proyecto

El proyecto establece un procedimiento oral para la contestación de la demanda, la presentación de incidentes y la rendición de la prueba.

Además, propone una norma especial para tratar causas en las que se ventilen infracciones a los derechos fundamentales de los trabajadores, más conocido como procedimiento de tutela laboral. Con ello, la iniciativa se hace cargo de una demanda histórica, que lo pone a la altura de los estándares internacionales en la materia y que dice relación con un conjunto de derechos reconocidos en la Constitución, que pueden ser vulnerados en función del ejercicio de las facultades de administración por parte del empleador.

También, restringe el uso abusivo de la segunda instancia, esto porque no se ajusta a este tipo de procedimiento que, siendo la primera instancia breve, la segunda instancia sea muy dilatada, por lo que esta última queda reservada a la revisión de las cuestiones de derecho.

Por otra parte, otorga amplias facultades al juez para dirigir la actuación de las partes y determinar su pertinencia, para que no se pierda el foco del asunto que se ventila ante el tribunal.

Concentra todas las actuaciones en una sola audiencia, incluidas las sentencias de incidentes.

(Fuente: Senado de la República / www.senado.cl / 25 de Julio de 2005)