07/01/2005
El ministro del Trabajo, Ricardo Solari, y el director (s) del Trabajo, Marcelo Albornoz, explicaron que en los primeros días de aplicación de la norma se han registrado 371 denuncias en todo el país con la entrada en vigencia de la Ley 19.759, que rebaja la jornada máxima de trabajo semanal. Hasta el momento 4 empresas han sido sancionadas con 128 UTM ($3.891.072), que involucra a 316 trabajadores.
A una semana de la entrada en vigencia de la reducción de la jornada laboral de 48 a 45 horas semanales, el gobierno hizo una positiva evaluación del proceso de adecuación de las empresas a la nueva desde el 1 de enero de 2005.
Así lo dieron a conocer el ministro del Trabajo, Ricardo Solari, y el director (s) del Trabajo, Marcelo Albornoz, quienes coincidieron en que el número de denuncias recibidas es mucho menor a la esperada y que las empresas han acatado y aplicado la reducción de jornada.
"En lo general las empresas se han ajustado sin dificultades a la norma, incluso muchas de ellas hicieron los ajustes necesarios antes de que comenzara a regir la medida. La evaluación es positiva, aunque se seguirá aplicando el plan de fiscalización establecido", expresó Ricardo Solari.
En los primeros días se han registrado 371 denuncias en todo el país con la entrada en vigencia de la Ley 19.759, que rebaja la jornada máxima de trabajo semanal. Hasta el momento 4 empresas han sido sancionadas con 128 UTM ($3.891.072), que involucra a 316 trabajadores. Ellas son dos sucursales de Farmacias Ahumada, Unimarc de avenida Apoquindo, Royalty Security y Estadio Español.
Asimismo, se ha verificado que pese a que en algunas empresas se ha readecuado la jornada ampliando los horarios de colación, ello constituye una transgresión de la norma, toda vez que la permanencia del trabajador en la empresa no sufre cambios.
Al respecto el director del Trabajo, Marcelo Albornoz, expresó que "entendemos como autoridad que para reducir la jornada laboral no se pueden buscar subterfugios como el aumento de la hora de colación, manteniendo al trabajador la misma cantidad de horas que antes del 1 de enero".
En relación a las Pymes a las que se les constate infracción por no cumplir con la nueva jornada laboral, se les dará un plazo no superior a cuatro días hábiles para adecuarse a la nueva normativa, de lo contrario serán sancionadas.
Asimismo, para las empresas de hasta nueve trabajadores se mantendrá en vigencia el artículo Nº 477 del Código del Trabajo que permite conmutar una multa por capacitación del empleador en legislación laboral, con el fin de que no vuelva a incurrir en falta.