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02/05/2022

Dirección del Trabajo aplicó 43 multas y suspendió a 86 trabajadores por incumplimiento del feriado del comercio durante el 1 de mayo

Montos de las sanciones superaron los 25 millones de pesos. Director del Trabajo sostuvo que los resultados revelan la necesidad de mantener estos programas inspectivos.

Un total de 43 multas y 86 trabajadores suspendidos de turnos que infringían la normativa aplicó la Dirección del Trabajo (DT) durante fiscalizaciones realizadas en todo el país durante el 1° de mayo para velar por el cumplimiento del feriado obligatorio e irrenunciable del comercio.

Así lo informó el director del Trabajo, Pablo Zenteno, quien evaluó los resultados como una demostración de que "estos programas inspectivos durante los feriados obligatorios e irrenunciables son siempre necesarios pues, aunque en general las tasas de cumplimiento son altas, nuestro deber es proteger los derechos al descanso y la vida en familia de todos los trabajadores y trabajadoras a lo largo del país".

El programa inspectivo aplicado esta vez se centró en detectar dos posibles infracciones: no cumplir con el feriado como tal y no cumplir con el descanso alternado cada dos años de aquellos trabajadores del comercio exceptuados de este beneficio, como aquellos que laboran en restoranes y lugares de esparcimiento, entre otros.

Los empleadores infractores arriesgaban multas de entre 5 y 20 UTM por cada trabajador en infracción, es decir, hasta un máximo de un millón 135 mil 240 pesos.

Durante la jornada del domingo se realizaron 97 fiscalizaciones, 6 de ellas por denuncias ingresadas en el Centro de Atención Laboral y 91 por recorridos realizados proactivamente en los principales polos comerciales de las ciudades.

Al cabo, 43 de estas fiscalizaciones culminaron con la aplicación de multas por un monto total de 25 millones 259 mil 90 pesos. El 83,1 por ciento correspondió a la infracción de no respetar el feriado como tal y la tasa restante a no respetar el descanso alternado cada dos años.

Asimismo, un total de 86 trabajadores sorprendidos laborando, contraviniendo la ley, debieron cesar sus turnos y dejar sus lugares de trabajo, a la vez que sus empleadores recibieron las multas correspondientes.