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12/01/2018

Dirección del Trabajo explica en qué consiste el feriado papal

Director (s) del Trabajo y ministra de la cartera divulgaron todas las normas que deben ser respetadas en las tres regiones donde habrá festivo por la visita del Papa Francisco.

El director (s) del Trabajo, José Francisco Castro, y la ministra del Trabajo y Previsión Social, Alejandra Krauss, explicaron hoy a la ciudadanía el tipo de feriado que regirá entre el 16 y el 18 de enero en tres regiones del país con motivo de la visita del Papa Jorge Mario Bergoglio, Francisco.

En la Región Metropolitana el feriado regional será el 16 de enero. Las regiones de La Araucanía y Tarapacá también tendrán festivos los días 17 y 18 de enero, respectivamente.

“En esos lugares, los trabajadores del país tienen derecho a un descanso, salvo las excepciones como ocurre con los trabajadores del comercio, con las faenas que por su naturaleza deben continuar permanentemente, lo que ocurre en caso de fuerza mayor o caso fortuito, los trabajos portuarios; todos ellos realizan sus labores de manera habitual”, explicó José Francisco Castro.

A su vez, Alejandra Krauss señaló que “las trabajadoras de casa particular, tienen derecho a descanso y en el caso de aquellas que son puertas adentro, pueden haber negociado anticipadamente un permiso compensatorio en relación a este festivo y que pueden usarlo hasta 90 días con posterioridad”.

“La regla general es que los trabajadores deben descansar, la regla general es que todas las empresas que ejerzan actividades productivas deben estar cerradas desde las 21:00 horas del día anterior al feriado hasta las 06:00 am del día posterior al festivo”, añadió la titular de Trabajo.

En el entendido que los trabajadores que presten servicios, cualquiera sea su domicilio en regiones donde no hay feriado, como por ejemplo, ocurriría con un trabajador que vive en Santiago y trabaja en Valparaíso, la persona debe concurrir a su lugar de trabajo en forma habitual.

En el caso de los trabajadores de hoteles, restaurantes, pubs, bares, discotecas y similares, el descanso se inicia a las 00:00 horas. En casos justificados, se podrá traspasar dicho límite hasta en tres horas, las que deberán pagarse con un recargo de 100% de la hora ordinaria correspondiente al sueldo convenido. Los trabajadores del sector comercio deben concurrir a sus trabajos en forma habitual ya que no es un feriado de carácter irrenunciable.

Las sanciones por no otorgar el feriado son gravísimas de 10 a 60 UTM, dependiendo del tamaño de la empresa.

José Francisco Castro abordó otras aristas de este feriado: las vacaciones que coincidan con él y la posibilidad del interferiado.

Al respecto explicó que los trabajadores de las tres regiones ya citadas que estén de vacaciones o vayan a estarlo durante la visita papal deben descontar el día feriado, que no será contabilizado para calcular la duración de sus vacaciones. Igualmente, dijo, en el caso de las regiones Metropolitana y Tarapacá, cuyos feriados colindan con el lunes 15 y viernes 19 de enero, respectivamente, pueden acordar con sus empleadores no trabajar en esos días a cambio de compensarlo antes o después.   

Finalmente, la ministra Krauss invitó “al buen criterio de los empleadores en buscar los acuerdos que se estimen, respecto de los trabajadores que pudieran llegar atrasados en el entendido que pudiera haber tacos, problemas de movilidad particularmente cerca de aquellos lugares donde se generen masivos encuentros por la venida de Su Santidad”.