10/01/2018
Se trata del caso de trabajadores indios traídos bajo promesas incumplidas a prestar servicio en un restorán hindú de Providencia y cuyas deplorables condiciones de vida fueron descubiertas en junio del año 2013.
El Primer Tribunal de Oral de Santiago dictó una condena contra el empleador Rakesh Arora, dueño del restaurante “Joya de la India” de Providencia, como autor del delito de trata de personas, al acoger los antecedentes presentados por la Fiscalía Occidente, respecto de la situación laboral de migrantes indios traídos a Chile por el acusado para trabajar en su local.
El juicio oral se desarrolló durante cinco semanas, y aunque las víctimas ya no están en el país, pues retornaron a India en septiembre de 2013, resultó fundamental que el tribunal conociera sus testimonios mediante entrevistas video grabadas realizadas con anterioridad.
“El tribunal resuelve muchos de los tópicos a considerar a propósito de las declaraciones de las víctimas, declaraciones que si no se hubiesen tomado previamente, como prueba anticipadamente ante el tribunal de garantía, no hubiese podido (el tribunal) impregnarse de aquellas y solo lo habría tenido a través de dichos de terceros” destacó la Fiscal Paola Salcedo.
En la culminación positiva de la investigación y posterior juicio fue fundamental el aporte de la Dirección del Trabajo, pues los fiscalizadores que participaron en el operativo realizado en 2012 prestaron declaración ante el tribunal, “lo que fue muy importante junto con el resto de la prueba para alcanzar este resultado”, explicaron desde el Ministerio Público.
Este caso se inició a partir del conocimiento de la situación que en su momento tomó la Brigada de Trata de Personas de la PDI, luego que parte de las víctimas concurrieran a la Inspección del Trabajo sin documentos de identificación ni manejar el idioma. Con la mediación de traductores, se pudo establecer que Rakesh Arora contactó a los afectados en India con la promesa de trabajar en Chile como maestros de cocina, en condiciones muy distintas a la que en la práctica se dieron en el país.
Durante el juicio se estableció que el empresario retuvo los pasaportes de los afectos, no cumplió con los compromisos de habitabilidad e inicialmente descontó los costos de traslado al país, para luego a propósito de los gastos médicos por enfermedad de dos de ellos- informarles que deberían trabajar gratis para él. Otro de los aspectos que llamaron la atención de las declaraciones de las víctimas fue su relato de que para saludar a Arora debían agacharse y tocarle los pies, situación que explicado en el contexto cultural importaba un menosprecio a los trabajadores.
Estos elementos, junto a otros medios de prueba como escuchas telefónicas captadas en la etapa investigativa, permitieron al tribunal establecer que Arora modificó gravemente las condiciones de trabajo de las víctimas, afectó la libertad ambulatoria de los trabajadores e impuso condiciones excesivas de trabajo, con largas jornadas laborales.
La audiencia en que se comunicará la pena que deberá cumplir el acusado, se realizará el próximo 22 de enero, a las 15 horas.