20/09/2017
Dirección del Trabajo constató 23 infracciones en 17 empresas sorprendidas incumpliendo con el descanso de los trabajadores de este sector de la economía. Disminuyó la cantidad de sanciones y el monto total de multas.
Casi 11 millones de pesos menos en multas respecto del año pasado aplicó durante estas Fiestas Patrias la Dirección del Trabajo (DT), que desde las 21 horas del día 17 de septiembre fiscalizó el respeto al feriado obligatorio e irrenunciable a favor de los trabajadores del comercio.
A partir del horario arriba señalado y durante los dos días festivos la DT mantuvo abierto en su sitio web un banner que recibió las denuncias hechas por trabajadores.
Al cabo, durante el feriado que acaba de terminar, la DT detectó 23 infracciones en 36 fiscalizaciones, 17 de las cuales culminaron con aplicación de multas y 45 trabajadores afectados en sus derechos que debieron terminar de inmediato sus turnos. El año pasado la DT había fiscalizado 49 denuncias, 26 de las cuales acabaron con multas y 87 trabajadores que debieron poner término a sus labores.
El monto de las multas alcanzó los $6.116.783, equivalentes a 131 UTM. Esto representa una caída del 64,5 por ciento en relación a los $17.248.705 cursados en los mismos feriados del año 2016.
Para el director del Trabajo, Christian Melis, el resultado “nos satisface porque significa que el llamado que hicimos en los días previos a las Fiestas Patrias fue ampliamente escuchado por los empleadores, adoptando una conducta respetuosa que, en general y pese a algunas fluctuaciones, se ha mantenido a lo largo de los últimos años”.
De las 23 infracciones detectadas, 8 correspondieron al no respeto del doble feriado. Otras 14 fueron cursadas por no llevar correctamente el registro de asistencia y la determinación de las horas de trabajo. Una última infracción tuvo que ver con un aspecto lateral de la normativa fiscalizada, pues se aplicó por no otorgar descanso dominical y/o festivo.
También fue positiva la fiscalización de la nueva norma que permite descansar cada dos años -siempre que sigan laborando para el mismo empleador- a los trabajadores exceptuados de estos feriados. Estos son los de restoranes, casinos, cines y otros lugares culinarios y de esparcimiento, además de locales de aeródromos y aeropuertos, farmacias de turno y tiendas de bencineras que vendan alimentos preparados allí mismo. No hubo en este caso infracciones detectadas.