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19/12/2016

Autoridades del Trabajo llaman a cumplir con feriados y horarios especiales de trabajadores del comercio durante este fin de año

Ministra y Director del Trabajo recorrieron las tiendas del barrio Patronato en la comuna de Recoleta para compartir con trabajadores y empleadores.

Luego de recorrer el concurrido barrio comercial, la ministra del Trabajo y Previsión Social, Alejandra Krauss, junto al director nacional del Trabajo, Christian Melis, llamaron a los empleadores a respetar el feriado obligatorio e irrenunciable de los trabajadores del comercio para los feriados del 25 de diciembre y 1 de enero.

En la oportunidad, Alejandra Krauss señaló que "las personas que trabajan en el comercio, al igual que el resto de los trabajadores, tienen el derecho de disfrutar las fiestas de fin de año con sus familias", explicando además que a las 20 horas del 24 de diciembre y del 31 de diciembre, las cortinas del comercio deberán estar cerradas por ley.

En cuanto a la extensión de jornada durante estos días hasta el 23 de diciembre, Christian Melis, director del Trabajo manifestó que todo local comercial, no atendido por sus propios dueños, debe cerrar a más tardar a las 23 horas. Esto, para cumplir con la extensión máxima de jornada de dos horas.

Sobre las eventuales sanciones, el director indicó que "ya nos encontramos en terreno realizando las fiscalizaciones para que la norma sea respetada, en caso contrario, los empleadores se arriesgan a severas multas que van desde la 9 a las 60 UTM, o cerca de 2 millones 800 mil pesos por trabajador".

Melis señaló respecto al comercio que se encuentra excluido del feriado que sólo podrán funcionar los días 25 de diciembre y 1 de enero próximos "quienes trabajen en clubes o restoranes, locales de entretención como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs, cabaret, casinos de juego y lugares de juego legalmente autorizados. En igual situación figuran los que trabajan en el expendio de combustibles, farmacias de urgencia o que cumplen turnos fijados por la autoridad sanitaria. Lo mismo rige para los que laboran en las 'tiendas de conveniencia' si junto con la venta directa también elaboran alimentos como hot-dog, sándwiches preparados y café, que son consumidos por el cliente en el propio local".

Las denuncias por incumplimientos o faltas a la normativa podrán ser realizadas en el sitio www.direcciondeltrabajo.cl