08/04/2015
Director del Trabajo, Christian Melis, se reunió con la Confederación Nacional de Trabajadores del Comercio, la que solicitó un nuevo dictamen de la DT para precisar los alcances de la Ley que otorga 7 domingos de descanso anuales adicionales.
La normativa modifica el Código del Trabajo en materia de jornada laboral para trabajadores del comercio, otorgándoles un descanso de siete domingos anuales, adicionales a los dos mensuales ya existentes.
Asimismo, establece que tres domingos puedan ser reemplazados por días sábado, si estos últimos se encuentran adosados a un domingo de descanso. El cambio deberá efectuarse con acuerdo entre las partes.
La iniciativa señala que las horas trabajadas en días domingo tengan un recargo remuneracional del 30% sobre el valor de la hora correspondiente al sueldo convenido, tanto para los trabajadores con jornada completa, como para los empleados con jornada parcial.
Ante esto, los trabajadores recurrieron a la DT para que pueda precisar primordialmente: qué se entiende por sueldo convenido, si la distribución de los domingos adicionales es una decisión unilateral del trabajador, si el período se refiere a un año trabajado o a un año calendario y si la ley contempla a los trabajadores del retail que tienen call center.
El Director del Trabajo -que estuvo acompañado por el jefe del Departamento Jurídico, José Castro- explicó que se está preparando un dictamen al respecto para despejar todas las dudas que caben sobre la nueva normativa promulgada recientemente por la Presidenta Michelle Bachelet.