23/12/2014
Controles estarán enfocados en precaver que las tripulaciones cumplan las jornadas legales de conducción y de descanso.
Un total de 540 fiscalizaciones realizará la Dirección del Trabajo al transporte interurbano de pasajeros con recorridos superiores a las 5 horas durante los fines de semana largo de Navidad y Año Nuevo.
Estas fiscalizaciones serán distribuidas a razón de 270 por cada fecha y en 13 de las 15 regiones del país, quedando fuera Aysén y Magallanes.
La primera fiscalización se hará los días 23, 24 y 26 de diciembre y la segunda los días 30 y 31 de diciembre y 2 de enero de 2015.
En la Región Metropolitana las fiscalizaciones se efectuarán a las 7:30 de la mañana y en las otras regiones a las 16:00 para evitar controlar más de una vez al mismo bus en localidades distintas.
El Director del Trabajo, Christian Melis, explicó que "nuestro deber es hacer cumplir los períodos máximos de conducción y los tiempos debidos de descanso, porque de ese modo estamos ayudando a que los chilenos que viajan en estos días sientan la tranquilidad de que son conducidos por choferes descansados y, por lo mismo, menos expuestos a cometer errores en la ruta".
MATERIAS Y SANCIONES
Seis serán las materias controladas durante esta inspección, todas incluidas en el artículo 25 del Código del Trabajo. Estas son: tiempo máximo de conducción continua de 5 horas; descanso mínimo entre turnos de conducción de 2 horas; descanso mínimo ininterrumpido de 8 horas dentro de cada 24 horas; descanso mínimo de 8 horas al arribar a un terminal, después de haber cumplido en ruta una jornada de 8 o más horas; tener en uso un registro de asistencia y llevar correctamente el registro de asistencia.
Todas estas infracciones son gravísimas y sus multas fluctúan entre 10, 40 y 60 UTM, dependiendo de si la empresa de buses tiene entre 1 a 49, 50 a 199 o 200 y más trabajadores.
SUSPENSIÓN DE TRIPULACIONES
Además de las multas en dinero, las empresas de buses también se exponen a la suspensión de sus tripulaciones y a la imposibilidad de iniciar sus recorridos si las fiscalizaciones detectan que conductores y auxiliares no han cumplido los descansos exigidos o sobrepasado los tiempos máximos de conducción.
La suspensión también es pertinente si el bus no cuenta con el registro automatizado de asistencia o si el registro está instalado pero no funciona y del interrogatorio a choferes y auxiliares se concluye que han superado las horas de conducción o no cumplido con todo el período de descanso.
El bus solo podrá comenzar su trayecto una vez que la empresa reponga una tripulación que acredite haber cumplido con los tiempos de reposo previos.