09/09/2014
En su aniversario N° 90, la Dirección del Trabajo, analiza perspectivas y orientaciones primarias del Convenio 169 de la OIT, sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, y los alcances para su gestión en el ámbito laboral.
La ratificación y plena vigencia de este Convenio Internacional por parte del Estado Chileno obliga a los Gobiernos a adoptar medidas especiales para garantizar a los trabajadores pertenecientes a esos pueblos una protección eficaz en materia de contratación y condiciones de empleo.
La Dirección Regional del Trabajo de la Araucanía, a través de esta jornada pretende dar conocer la naturaleza del Convenio y los alcances para su gestión en el ámbito laboral y cumplir con el mandato institucional por medio de un encuentro con los actores laborales.
El objetivo del seminario es preparar a los Directores Regionales del Trabajo y sus equipos en el manejo de nociones básicas de la aplicación del Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes.
La inauguración del seminario estará a cargo de Maite Núñez, Directora Regional del Trabajo, quien informará los contenidos del Convenio 169 y los desafíos de su implementación, la DRT y los actores laborales de la Araucanía.
Por su parte, la especialista principal en Normas Internacionales del Trabajo y Relaciones Laborales de la OIT, Kirsten-María Schapira, realizará una Introducción al estudio del Convenio Nº 169 sobre los derechos de los pueblos indígenas y tribales.
También participarán los expositores José Aylwin, abogado especialista en derechos humanos y pueblos indígenas, Codirector del Observatorio Ciudadano; y Rodrigo Henríquez, jefe de la Unidad de Asistencia Técnica del Departamento de Relaciones Laborales de la Dirección del Trabajo, con el tema "Una oportunidad para el mundo del trabajo y el diálogo social".
El Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en países independientes surgió el 27 de junio de 1989 y fue aprobado por el Congreso Nacional de Chile el año 2009, desde ese momento nuestro Gobierno debe asegurar la igualdad de derechos de los pueblos originarios con respecto a los otros habitantes del país.
En lo laboral, se debe garantizar a los trabajadores pertenecientes a esos pueblos una protección eficaz en materia de contratación y condiciones de empleo.