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04/07/2014

Fue promulgada la ley sobre el MultiRUT

En el nuevo escenario legal, la Dirección del Trabajo deberá fiscalizar para aportar las pruebas que le soliciten los tribunales que vean denuncias en contra de empresas.

El Gobierno promulgó hoy la nueva ley sobre MultiRUT cuyo objetivo es impedir esa práctica que durante largos años conspiró contra el fortalecimiento del sindicalismo en el país.
La ceremonia en el Palacio de La Moneda fue encabezada por la Presidenta de la República, Michelle Bachelet, quien fue acompañada por varios secretarios de Estado, entre ellos la Ministra del Trabajo, Javiera Blanco.

También participó el Director del Trabajo, Christian Melis, cuyo organismo deberá ahora fiscalizar para auxiliar a los tribunales que deban dirimir acusaciones en contra de empresas que sigan utilizando esa figura para frustrar la plena vigencia de los derechos laborales, previsionales, individuales y colectivos de los trabajadores.

La Secretaria de Estado destacó el apoyo transversal que tuvo el proyecto de ley, tanto de los parlamentarios como de sectores empresariales y sindicales. Así valoró el apoyo brindado desde la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) hasta la Confederación de la Producción y del Comercio. "Se entiende que durante siete años se han atropellado mucho derechos de los trabajadores, y por lo tanto, hoy día tenemos claridad que hemos avanzado en poder superar lo que era entender la relación contractual con una razón social y que a partir de hoy será con el empleador real común".

Blanco resaltó también el apoyo dado a la iniciativa por el Director del Trabajo. Para la autoridad fiscalizadora, la ley pretende "acabar con el uso abusivo que menoscaba el real poder negociador de los trabajadores pero sin atentar contra la libertad empresarial para articularse legalmente según sus mejores conveniencias".

PRINCIPALES CAMBIOS LEGALES

  • Se establece que las obligaciones que derivan de los derechos laborales y previsionales, individuales y colectivos de los trabajadores, recaen sobre la figura del EMPLEADOR y no sobre la figura de la empresa, como era hasta ahora.
  • Las empresas que sean consideradas como un mismo empleador, serán solidariamente responsables del cumplimiento de las obligaciones laborales emanadas de la ley, los contratos y convenios. Por lo tanto, el empleador real no podrá evadir sus responsabilidades, ya que todas sus empresas quedarán obligadas.
  • Los trabajadores de todas las empresas consideradas como un solo empleador podrán constituir uno o más sindicatos o mantener sus organizaciones existentes, pudiendo negociar con todas las empresas o con cada una de ellas. El derecho de opción para negociar recaerá en los trabajadores y sus sindicatos.
  • Se establecerá que son los Tribunales de Justicia los llamados a dirimir controversias sobre la identidad del empleador real en los casos en que se requiera. El Juez tendrá la libertad necesaria para obtener todos los elementos de juicio que permitan su determinación y contará con un informe de la Dirección del Trabajo, junto con la facultad de solicitar los informes que estime necesarios.
  • El Juez determinará las obligaciones laborales y previsionales a las que el empleador debe dar cumplimiento. Si no lo hiciera se expondrá a multas de hasta 100 UTM ($ 4.100.000.-) la que podrá repetirse hasta obtener dicho cumplimiento.
  • Cuando se establezca que 2 o más empresas son consideradas como un solo empleador, los efectos de esta declaración se aplicarán a todos los trabajadores de las empresas, tanto para efectos laborales como previsionales.