01/08/2013
Durante el primer semestre de 2013 los tribunales del Trabajo dictaron 19 sentencias condenatorias en contra de empresas que incurrieron en prácticas antisindicales o desleales que afectan la libertad de asociación de los trabajadores.
La lista fue difundida hoy por la directora del Trabajo, María Cecilia Sánchez, y el subsecretario del Trabajo, Fernando Arab, cumpliendo con el deber que la ley laboral le impone a este servicio público.
La mayoría de las conductas sancionadas en esta ocasión corresponde a la vulneración del fuero sindical, como la separación ilegal de dirigentes o delegados sindicales, de trabajadores participantes en negociación colectiva y constitución de sindicato. Además, de la afectación del fuero a través del no otorgamiento del trabajo convenido a los dirigentes sindicales.
La directora del Trabajo explicó que aunque son los tribunales de justicia los que finalmente aplican la condena, la Dirección del Trabajo también cumple un rol en el proceso previo, pues puede recibir inicialmente las denuncias que, de ser validadas, motivan la presentación ante la justicia para el comienzo de un juicio de tutela laboral.
Así, continuó, en esta ocasión en 16 de las 19 condenas dictadas la Dirección del Trabajo fue la que presentó la denuncia ante los tribunales y luego fue parte activa del proceso hasta lograr sentencia condenatoria.
Ahondando en el rol de su institución en la defensa de la libertad sindical, María Cecilia Sánchez hizo ver que la Unidad de Vulneración de Derechos Fundamentales cuenta con abogados y fiscalizadores especializados que procuran lograr una solución antes de que el caso pase a los juzgados del trabajo. "Por lo tanto, hay muchas denuncias de prácticas antisindicales que las solucionamos a través de una mediación antes de que lleguen a los tribunales de Justicia", dijo.
Disminución
Las 19 condenas divulgadas hoy suponen una disminución respecto del segundo semestre de 2012, cuando las condenas llegaron a 22. En todo el año pasado, las empresas castigadas fueron 58.
Sobre este fenómeno, el subsecretario Arab sostuvo que "hubo una disminución considerable" de las condenas aplicadas esta vez, casi el 50 por ciento menos que el primer semestre de 2012.
La autoridad afirmó que para el Gobierno es una preocupación prioritaria "la libertad sindical" y la existencia de "dirigencias sindicales fuertes". Tanto así, prosiguió, que la Unidad de Diálogo Social del Ministerio del Trabajo "capacita a distintas organizaciones sindicales por medio de cursos", porque "creemos que con dirigentes bien formados y que conozcan sus derechos y obligaciones se mejora el clima laboral".
Efectos de las condenas
A través de estas sentencias los tribunales del Trabajo ordenan el cese inmediato de la conducta, disponen las medidas de reparación que sean pertinentes y aplican una multa de beneficio fiscal a la empresa infractora en los casos más graves.
Esta vez los tribunales aplicaron multas por 1.610 UTM, cifra que a su valor actual equivale a $64.536.850 pesos.
Igualmente, a partir de que la sentencia esté ejecutoriada las empresas registradas en esta nómina no podrán ser proveedoras del Estado por dos años, según lo dispone el artículo cuarto de la Ley 19.886, quedando inhabilitadas para participar del Sistema de Compras Públicas.
Casos
Hay una sola empresa que repite una condena de un semestre a otro. Es la Compañía Minera Teck Quebrada Blanca S.A., castigada con 150 UTM y denunciada por el sindicato ante el Juzgado del Trabajo de Iquique por no descontar la cuota sindical de las remuneraciones de los trabajadores afiliados. La anterior condena fue de 150 UTM por actos amedrentadores y entrega de beneficios a trabajadores al término de una negociación colectiva anticipada y el inicio de una negociación.
Una vez más aparecen instituciones de educación cometiendo ilícitos antisindicales graves. Tal es el caso de los colegios Umbral de Curauma (Valparaíso) y Saint Gabriel's School (Santiago), sancionados por separación ilegal de trabajador participante en negociación colectiva y por prácticas desleales en la negociación colectiva, respectivamente.
Se les aplicó el monto máximo de la multa permitida por la Ley, 150 UTM, dada la gravedad de las conductas sancionadas, a la Compañía Minera Teck Quebrada Blanca S.A., por no descontar el 75% de la cuota sindical; la Compañía Minera Chileno Rumana Ltda., por no otorgar el trabajo convenido a un dirigente sindical, Industria Maderera Inngal Ltda., por obstaculizar el funcionamiento del sindicato y discriminar por sindicación y Transportes Santelices Ltda., por no otorgar el trabajo convenido a un dirigente sindical.
Dos empresas del Transporte Público Licitado vuelven a aparecer en la nómina de empresas infractoras. Esta vez son Express de Santiago Uno S.A. e Inversiones Alsacia S.A., que desde el segundo semestre de 2010 no tenían condenas registradas por el Servicio. Los ilícitos en estos dos casos son separación ilegal de un trabajador con fuero sindical y presiones para conducir la afiliación a un sindicato determinado, respectivamente, que el tribunal aplicase una multa de 100 UTM en cada caso.
Ver Nómina de Empresas Condenadas por prácticas antisindicales