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03/05/2013

Dirección del Trabajo multa a 49 locales comerciales por no respetar el feriado obligatorio del 1º de mayo

Multas aplicadas suman poco más de 11 millones de pesos. En total, 55 trabajadores en infracción fueron suspendidos de sus labores.

Un total de 49 locales fueron multados en todo el país por la Dirección del Trabajo durante el pasado 1º de mayo al ser sorprendidos vulnerando el feriado obligatorio e irrenunciable de los trabajadores del Comercio.

Este resultado preliminar mantiene la tendencia observada en años anteriores sobre un alto cumplimiento de este sector económico respecto de la ley Nº 20.215 que fijó feriados obligatorios e irrenunciables para los trabajadores del Comercio los días 1º de enero, 1º de mayo, 18 y 19 de septiembre y 25 de diciembre.

La Directora del Trabajo, María Cecilia Sánchez, afirmó que "el Comercio ha entendido mayoritariamente el espíritu de la ley para propiciar un descanso adecuado para sus trabajadores en los días festivos, lo cual me deja satisfecha; es una tendencia observada ya en años anteriores y esperamos que se mantenga porque nosotros seguiremos cumpliendo con nuestra labor fiscalizadora".

De los 49 locales sancionados, 23 fueron fiscalizados por denuncias hechas en el sitio web del Servicio, mientras que otros 26 lo fueron durante recorridos aleatorios en polos comerciales.

Las multas totalizaron 285 UTM, equivalentes en su valor actual a $11.435.625.

Asimismo, 55 trabajadores sorprendidos en infracción debieron hacer abandono inmediato de sus labores.

Se considera como trabajadores del Comercio favorecidos por la Ley Nº 20.215 a los dependientes ligados con el expendio o venta directa al público y a los que laboran en las "tiendas de conveniencia" adosadas a servicentros, en la medida que no vendan alimentos preparados allí mismos.

En cambio, pueden trabajar durante los feriados obligatorios e irrenunciables los dependientes de clubes, restaurantes, locales de entretención como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs, cabaret, casinos de juego, bencineras, farmacias de urgencia o de turno y de las "tiendas de conveniencia" si estas expenden alimentos preparados en esos mismos locales.

Sectores: Comercio