Si la jornada ya está en 42 horas o menos, no hay rebaja pendiente para este hito. Si la jornada es superior a 42 e inferior a las 44 horas y no existe acuerdo entre las partes la rebaja para alcanzar las 42 horas se distribuye aplicando como máximo una hora por día en jornadas de cinco días y 50 minutos por día en jornadas de seis días. El remanente que no complete esa unidad va a un día distinto, sin acumularse al día que ya porta la rebaja máxima.
Lo anterior significa que en jornadas distribuidas en cinco días ningún día puede concentrar una rebaja superior a una hora, y en jornadas distribuidas en seis días ningún día puede concentrar una rebaja superior a 50 minutos.