Si no hay acuerdo la rebaja debe efectuarse al término de la jornada y se debe distribuir de manera proporcional entre los distintos días de trabajo, considerando para ello la distribución semanal de la jornada. Así, en jornadas de cinco días, se descuenta una hora al término de la jornada en dos días distintos de la semana. En jornadas de seis días, se descuentan 50 minutos al término de la jornada en dos días distintos y la fracción de 20 minutos en un tercer día. Corresponde al empleador determinar los días específicos, respetando la distribución semanal convenida y los límites legales.