Todo/a trabajador/a tiene derecho a ausentarse de sus labores en ciertas ocasiones que establece la Ley, sin que esto signifique descuento en sus remuneraciones. Por ejemplo: en caso de fallecimiento de cónyuge, hijos o en gestación, padres, hermanos/as, en caso de matrimonio, exámenes médicos y otras circunstancias.
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