Los/as empleadores/as deberán promover el equilibrio entre el trabajo y la vida privada, educando sobre la importancia de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral. Estas actividades podrán ser realizadas directamente por el/la empleador/a o por medio de los organismos administradores de la ley N°16.744.
600 450 4000 atiende de Lunes a Viernes, de 09:00 a 17:00 horas.
Inspecciones y Oficinas atienden de Lunes a Viernes, de 09:00 a 14:00 horas.