Es una creación de la ley que reduce la jornada laboral a 40 horas semanales que permite, a trabajadores madres y padres de niños y niñas de hasta 12 años y a las personas que tengan el cuidado personal de éstos, anticipar o retrasar hasta en una hora el comienzo de sus labores, lo que determinará también el horario de salida al final de la jornada. Es decir, genera dos horas diarias de margen al inicio y término de la jornada.
Por ejemplo, si la jornada laboral de un trabajador o trabajadora es de 09:00 a 18:00 horas, podrá, aplicándose el procedimiento contenido en la ley, llegar a su trabajo a las 08:00 (anticipar) y salir a las 17:00 horas; o bien, podrá llegar a las 10:00 (retrasar) y salir a las 19:00 horas. Por eso se habla de una banda horaria en las mañana y en las tardes de dos horas.