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Trámites y servicios

Registro de Contrato de Trabajo

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Descripción

Permite al empleador o empleadora cumplir con la obligación de registrar en el sitio web de la Dirección del Trabajo (DT) uno o más contratos de trabajo suscritos con un trabajador o trabajadora.

El contrato de trabajo debe ser registrado en el sitio web de la Dirección del Trabajo dentro de los quince días hábiles siguientes a su celebración.

{{mensaje[reloj]:El trámite se puede realizar durante todo el año en el portal Mi DT.}}

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¿A quién está dirigido?

Empleadores y empleadoras.

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¿Qué necesito para hacer el trámite?

  1. Contrato de trabajo firmado por ambas partes.
  2. ClaveÚnica del Servicio de Registro Civil e Identificación.
  3. Los empleadores y empleadoras, constituidos como personas jurídicas, deben tener habilitado uno o más representantes laborales electrónicos en el portal Mi DT.
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¿Cuál es el costo del trámite?

No tiene costo.

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¿Cómo y dónde hago el trámite?

En Línea

  1. Haga clic en "Ir al trámite en línea".
  2. Presione en "Iniciar sesión".
  3. Escriba su RUN y ClaveÚnica (si no la tiene, solicítela), y oprima en "Ingresa".
  4. Ingrese al perfil "Empleador" y actualice sus datos si es primera vez que accede al portal Mi DT.
  5. Haga clic en "Registro electrónico laboral", y luego en "Registro de contrato de trabajo".
  6. Seleccione la opción "Registro de contrato de trabajo individual".
  7. Complete las cuatro etapas: identificación de las partes, funciones y lugar de prestación de los servicios, remuneraciones y jornada de trabajo, y otras estipulaciones. Cada vez que finalice una etapa, haga clic en "Siguiente". No olvide revisar la guía rápida de registro de contrato de trabajo.
  8. Al finalizar el proceso, el registro de contrato de trabajo quedará en estado "Vigente".
  9. Como resultado del trámite, habrá registrado el contrato de trabajo. Recibirá la confirmación del registro en su correo electrónico y podrá descargar un comprobante desde el portal Mi DT.

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Marco legal