Permite al empleador o empleadora cumplir con la obligación de registrar en el sitio web de la Dirección del Trabajo (DT) el término del contrato de trabajo de sus trabajadores o trabajadoras.
Importante:
Importante: si el contrato termina por autodespido o despido indirecto (artículo 171 del Código del Trabajo), el registro se debe realizar una vez que exista la sentencia judicial definitiva.
{{mensaje[reloj]:El registro de los términos de un contrato de trabajo es obligatorio desde el 8 de junio de 2023.
El trámite se puede realizar durante todo el año y está disponible solo en el portal Mi DT.}}
Importante: asegúrese de que la información ingresada sea correcta, ya que no podrá editar ni eliminar el registro una vez que esté listo.