Permite a dirigentes y dirigentas sindicales y empleadores constituidos como persona jurídica, solicitar la convocatoria para la conformación de una mesa de trabajo de carácter tripartito, es decir, con la participación de representantes de trabajadores y trabajadoras, empleadores o empleadoras, y la Dirección del Trabajo (DT).
El objetivo de esta instancia es abordar conflictos o problemáticas efectivas o potenciales de la(s) empresa(s) involucrada(s) o de un sector económico, además de promover el cumplimiento de la normativa laboral y la mejora constante de las relaciones laborales, sustentándose en el diálogo, la comunicación y el consenso entre quienes conforman la mesa de trabajo.
En Oficina:
Carta que contenga:
En línea:
Resolución Exenta Nº 1.626 , del 8 de agosto de 2019, que aprueba la norma general de participación ciudadana de la Dirección del Trabajo y deroga Resolución Exenta Nº 1.345 del 21 de agosto de 2015.