Ingresa, consigna y carga los registros de ingreso y permanencia en los recintos portuarios, si eres empleadora o empleador de trabajadoras y trabajadores portuarios, según lo dispuesto en el artículo 133, inciso 4º del Código del Trabajo, y el respectivo reglamento de trabajo.
{{mensaje[reloj]:Realiza el trámite durante todo el año a través del sitio web de la Dirección del Trabajo (DT).}}
Para realizar el trámite, deberás cumplir los siguientes requisitos:
Importante: revisa los documentos normativos y técnicos en el sitio web del Sistema de Control de Cumplimiento de la Normativa Laboral Portuaria.
Si es la primera vez que ingresas al sistema, completa el formulario y envíalo al correo electrónico puertos@dt.gob.cl para obtener la clave de acceso.
{{mensaje[reloj]: Ingresa al SCCNLP: }}
Para realizar el trámite, entra al sitio web de la SCCNLP y sigue las siguientes instrucciones: