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Sistema de Control de Cumplimiento de la Normativa Laboral Portuaria (SCCNLP)

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Descripción

Permite a los empleadores y empleadoras de trabajadores y trabajadoras portuarias ingresar, consignar y cargar los registros de ingreso y permanencia en los recintos portuarios, según lo dispuesto en el artículo 133, inciso 4º del Código del Trabajo, y el respectivo reglamento de trabajo.

{{mensaje[reloj]:El trámite se puede realizar durante todo el año a través del sitio web de la Dirección del Trabajo (DT)}}

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¿A quién está dirigido?

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¿Qué necesito para hacer el trámite?

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¿Cuál es el costo del trámite?

No tiene costo.

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¿Qué vigencia tiene?

Empresas de Muellaje: indefinida. Sin embargo, estarán sujetas a la renovación de su vigencia, según el artículo 136º del Código del Trabajo, y desde el artículo 2º en adelante del Decreto Supremo Nº 90, de 1999, del reglamento sobre trabajo portuario.

Empresas portuarias: su vigencia está definida en el contrato de concesión, según lo dispuesto en la Ley Nº 19.542; o en el decreto de concesión fijado por el Decreto Nº 2 de 2005 que sustituye el reglamento sobre concesiones marítimas, fijado por Decreto (M) Nº 660 de 1988 y Decreto Supremo Nº 9 de 2018 que sustituye el reglamento sobre concesiones marítimas, fijado por Decreto Supremo (M) Nº 2 de 2005.

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¿Cómo y dónde hago el trámite?

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En Línea

  1. Reúna los antecedentes requeridos.

  2. Haga clic en "ir al trámite en línea". Si es primera vez que ingresa al sistema, complete el formulario y envíelo al correo electrónico: puertos@dt.gob.cl para obtener la clave de acceso.

  3. Haga clic en "acceso ambiente web productivo". Una vez que haya suscrito la declaración jurada de veracidad de los datos ingresados, envíela al correo electrónico: puertos@dt.gob.cl.

  4. Seleccione una opción:

    • "Login empresa" (con la clave enviada por la DT) para acceder al administrador geográfico para empresas concesionarias; ingresar comité paritario, y administrar usuarios, usuarias y convenios de provisión de puestos de trabajo para empresas concesionarias y de muellaje.

    • "Login ClaveÚnica" para incorporar las "nombradas" o listas de trabajadores o trabajadoras que desean obtener el permiso de la autoridad marítima para acceder al puerto, además de las "jornadas" o asistencia de cada trabajador o trabajadora.

  5. Siga las instrucciones que le indique el sistema.

  6. Como resultado del trámite, habrá registrado la información de su empresa de concesionaria o de muellaje al Sistema de Control de Cumplimiento de la Normativa Laboral Portuaria (SCCNLP).

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