Si eres trabajadora o trabajador afiliado al Seguro de Cesantía, declara el término de contrato a través de la Dirección del Trabajo (DT) cuando desconoces el domicilio actual de tu empleador y no tienes en tu poder uno de los siguientes documentos:
Al realizar este trámite, podrás solicitar en tu Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) el pago de las prestaciones del Seguro de Cesantía.
{{mensaje[reloj]:Realiza el trámite durante todo el año a través del sitio web de la DT y en las oficinas de la Inspección del Trabajo.}}
El Seguro de Cesantía es una protección económica en caso de desempleo, si eres trabajadora o trabajador regido por el Código del Trabajo, con contratos laborales vigentes a partir del 2 de octubre de 2002, cuya afiliación es obligatoria.
También, cubre beneficios sociales, previsionales, de salud y Asignación Familiar bajo ciertas condiciones específicas.
Importante: revisa más información.
El Seguro de Cesantía no incluye a:
{{mensaje[texto]:En línea:}}
Ingresa al portal Mi DT con tu ClaveÚnica. Deberás seleccionar el perfil "Trabajador", luego haz clic en "Actuaciones ministro de fe" y en "Declaración jurada de término de contrato". Para finalizar, debes seguir las instrucciones que te indique el sistema.
Importante:
{{mensaje[texto]:En oficina:}}
Dirígete con tu cédula de identidad a la oficina de la Inspección del Trabajo más cercana.
Si tienes dudas, comunícate con la Dirección del Trabajo (DT):