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Trámites y servicios

Declaración Jurada de Trabajo Pesado

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Descripción

Si eres trabajadora o trabajador dependiente, realiza una declaración jurada de trabajo pesado ante la Dirección del Trabajo (DT), institución que actúa como ministro de fe, cuando:

  • No es posible contar con el certificado de tu empleadora o empleador que describa las labores realizadas.
  • Te desempeñas de forma independiente.

Importante: se consideran trabajos pesados aquellos que aceleran el desgaste físico, intelectual o psíquico de la mayoría de las trabajadoras y trabajadores que los realizan, provocando un envejecimiento precoz, aun cuando no generen una enfermedad laboral.

{{mensaje[alerta]:La declaración jurada es uno de los antecedentes solicitados por la Comisión Ergonómica Nacional (CEN) para declarar una labor como trabajo pesado.}}

{{mensaje[reloj]:Realiza la declaración jurada durante todo el año en el sitio web de la DT y en las oficinas de la Inspección del Trabajo.}}

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Realiza la declaración jurada

{{mensaje[texto]:En línea:}}

Ingresa al portal Mi DT con tu ClaveÚnica.

Deberás seleccionar el perfil "Trabajador", luego haz clic en "Actuaciones ministro de fe" y "Declaración jurada de trabajo pesado". Para finalizar, sigue los pasos que te indique el sistema.

Importante: descarga la declaración jurada (realizada) desde la sección "Cartola del Trabajador" del portal Mi DT.

{{mensaje[texto]:En oficina:}}

Dirígete a una oficina de la Inspección del Trabajo.

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Obtén más información

Si tienes dudas, comunícate con la Dirección del Trabajo (DT):

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Lee el marco legal

  • Ley N° 19.404, de 1995, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
  • Decreto N° 71, de 1996, que aprueba el reglamento para la aplicación de la Ley N° 19.404.