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Trámites y servicios

Solicitud de arbitraje voluntario en la negociación colectiva

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Descripción

Permite a la organización sindical, y su empleador o empleadora, someter la negociación colectiva a un tribunal arbitral para decidir las materias que la comprenden.

La solicitud de las partes, dará lugar al envío de un Oficio que se notificará al correo electrónico designado por las comisiones negociadoras en el proceso de negociación colectiva. La Dirección del Trabajo interviene hasta la citación y realización de la audiencia de designación e instalación del tribunal arbitral.

{{mensaje[reloj]:El trámite se puede realizar durante todo el año por correo electrónico y en las oficinas de la Inspección del Trabajo.}}

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¿A quién está dirigido?

Empleadores y empleadoras, trabajadores y trabajadoras organizados en un sindicato, involucrados en un proceso de negociación colectiva reglada.

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¿Qué necesito para hacer el trámite?

Solicitud que contenga el documento con el acuerdo de las partes, representada por la mayoría absoluta de sus comisiones negociadoras, en el que se acepta el arbitraje voluntario en la negociación colectiva.

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¿Cuál es el costo del trámite?

No tiene costo, salvo cuando el procedimiento arbitral afecte a una gran empresa (ver campo marco legal).

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¿Cómo y dónde hago el trámite?

Por Correo

  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Envíelos al correo electrónico upartesyarchivodt@dt.gob.cl, indicando en el asunto "solicitud de arbitraje voluntario" y en el mensaje el folio de la negociación colectiva o el nombre de la Inspección del Trabajo en la que se encuentra radicado este proceso.
  3. Como resultado del trámite las partes recibirán un Oficio con el resultado de su solicitud.

En Oficina

  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a la oficina de la Inspección del Trabajo correspondiente al lugar donde se encuentra radicada la negociación colectiva.
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar el arbitraje en el marco de una negociación colectiva.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite las partes recibirán un Oficio con el resultado de su solicitud.