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Trámites y servicios

Registro de Empresas de Servicios Transitorios (EST)

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Descripción

Si eres el representante legal de una Empresa de Servicios Transitorios (EST), inscríbela en un registro especial y público, administrado por la Dirección del Trabajo (DT).

Las EST son personas jurídicas cuyo objetivo es:

  • Poner a trabajadoras y trabajadores a disposición de empresas usuarias, para que cumplan tareas, labores o servicios transitorios u ocasionales.
  • Gestionar la selección y capacitación de estos trabajadores o trabajadoras.

{{mensaje[reloj]:Solicita el registro durante todo el año en la oficina de la Inspección del Trabajo correspondiente al domicilio de la empresa.}}

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Revisa la documentación requerida

Para solicitar el registro (en línea u oficina), debes completar el formulario de solicitud.

Además, debes contar con los siguientes documentos legalizados ante una notaría:

  • Escritura pública de constitución.
  • Rol Único Tributario (RUT) de la EST.
  • Certificado de representación o administración, y copia de la inscripción de la sociedad y sus modificaciones (si existen), otorgado por el Conservador de Bienes Raíces (CBR) respectivo.
  • Rol Único Tributario (RUT) como representante legal.

Importante:

  • Como representante, debes estar habilitada o habilitado en el portal Mi DT.
  • Para el trámite en línea, debes contar con tu ClaveÚnica.
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Solicita el registro de la empresa

{{mensaje[texto]:En línea: }}

Para realizar el trámite, debes tener habilitado 1 o más representantes laborales electrónicos para que puedan ingresar al portal Mi DT con su ClaveÚnica. Si no la tiene, puede solicitarla.

Una vez dentro de la plataforma:

Debe seleccionar el perfil "Empleador Persona Jurídica" y actualizar sus datos si es la primera vez que accede. Luego, tiene que hacer clic en "Denuncias y solicitudes", escoger la opción "Registro EST", seleccionar la tarjeta EST. Por último, debe seguir los pasos que le indique el sistema.

{{mensaje[texto]:En oficina: }}

Dirígete a la oficina de la Inspección del Trabajo correspondiente al domicilio de la empresa.

Importante:

  • El plazo para gestionar la inscripción es de 60 días hábiles, contados desde la recepción de la solicitud, siempre que la institución pública no realice observaciones porque faltan documentos.
  • Una vez que la Inspección del Trabajo te notifica que el registro de constitución no presenta observaciones, la empresa estará en condiciones de constituir garantía en una sucursal del BancoEstado.
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Obtén más información

Si tienes dudas, comunícate con la Dirección del Trabajo (DT):

Trámites por público