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Sistema de Control de Cumplimiento de la Normativa Laboral Portuaria

El Sistema de Control de Cumplimiento de la Normativa Laboral Portuaria de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 133 inciso final del Código del Trabajo, de carácter obligatorio.

Se entenderá por este a la plataforma electrónica que soporta y almacena toda la documentación laboral que los empleadores de los trabajadores portuarios deben ingresar, registrar y cargar en virtud de la Ley y del correspondiente Reglamento del Trabajo, además de los registros de ingreso y permanencia a los recintos portuarios en virtud de lo dispuesto en el artículo 133, inciso 4° del Código del Trabajo.

Los sujetos obligados a cumplir con las estipulaciones del presente sistema, deberán prestar declaración jurada de veracidad de la información registrada en la plataforma computacional y se aplicará la presunción de derecho del artículo 135 del Código del Trabajo.

La base de datos de información laboral que se genere en virtud de las obligaciones señaladas en el párrafo anterior será administrada por la Dirección del Trabajo.

El Sistema de Control de Cumplimiento de la Normativa Laboral Portuaria tiene como objetivo cautelar el íntegro cumplimiento de las normas laborales, de seguridad y salud en el trabajo de todos los trabajadores portuarios, sin distinguir la modalidad contractual que suscriban éstos con sus empleadores, en todos los puertos y frentes de atraque del país.

Ponemos a su disposición preguntas frecuentes y la documentación tanto normativa como técnica asociada al SCCNLP.

En caso de requerir mayor información puede enviar su consulta al correo: puertos@dt.gob.cl

Tambien puede consultar:

- Documentos Normativos
- Documentos Técnicos
- Videos Explicativos SCCNLP

Preguntas frecuentes (SCCNLP)Preguntas frecuentes (SCCNLP)