�Cu�nto sabes sobre...?
�Qu� condiciones contenidas en las ofertas de trabajo pueden estimarse como discriminatorias?
La Constituci�n Pol�tica de la Rep�blica, en su art�culo 19 N� 16, inciso 3�, proh�be cualquier discriminaci�n que no se base en la capacidad o idoneidad personal, sin perjuicio de que la ley pueda exigir la nacionalidad chilena o l�mites de edad para determinados casos. Por su parte, el inciso 3 del art�culo 2� del C�digo del Trabajo establece que los actos de discriminaci�n son las distinciones, exclusiones o preferencias basadas en motivos de raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicaci�n, religi�n, opini�n p�blica, nacionalidad, ascendencia nacional u origen social, que tengan por objeto anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el empleo y la ocupaci�n. De esta forma, constituye una vulneraci�n, tanto a la Constituci�n Pol�tica como al C�digo del Trabajo, cualquier distinci�n, preferencia o exclusi�n efectuada sobre la base de los criterios se�alados en los preceptos citados anteriormente. Ahora bien, la Direcci�n del Trabajo ha se�alado en su jurisprudencia administrativa que son actos de discriminaci�n las ofertas de trabajo efectuadas por un empleador, directamente o a trav�s de terceros y por cualquier medio, que se�alen como un requisito para postular a ellas cualquiera de las condiciones referidas en el inciso tercero del art�culo 2� del C�digo del Trabajo. De esta forma, se configura una infracci�n si se dan los siguientes elementos:
a) Una oferta de trabajo efectuada por el empleador, directamente o por la v�a de terceros.
b) Que la oferta se realice por cualquier medio, gr�fico, visual, escrito, etc.
c) Que dicha oferta se�ale como requisito para acceder al puesto de trabajo ofrecido algunas condiciones o calidades se�aladas en el inciso tercero del art�culo 2� del C�digo del Trabajo.
Es as� que las ofertas de empleo formuladas a trav�s de medios de comunicaci�n, sean los escritos o los realizados v�a Internet, incurrir�an en infracci�n si los avisos contuvieran exigencias discriminatorias, toda vez que condicionar�an la postulaci�n y posterior contrataci�n a la ausencia o presencia, seg�n el caso, a condiciones o cualidades expresamente calificadas de discriminatorias por el ordenamiento jur�dico o, en otros casos, de condiciones o cualidades que, sin ser discriminatorias, no dicen relaci�n directa y esencial con el empleo ofrecido.
As� pueden mencionarse las siguientes, sin que tal enumeraci�n sea taxativa:
- Acreditaci�n de antecedentes penales o comerciales;
- Apariencia f�sica y buena presencia;
- Ausencia de enfermedades o de una determinada condici�n f�sica;
- Fotograf�a en curr�culum vitae;
- Nacionalidad determinada;
- Edad m�nima o m�xima;
- Sexo determinado;
- Estado civil determinado;
- Nivel de experiencia establecido en la medida que no sea una exigencia determinante, esencial y directa de la calificaci�n o capacidad personal necesaria para el puesto de trabajo espec�fico;
- Exigencia de herramientas de trabajo (celular, veh�culo propio, etc.) y,
- Exigencia de cartera de clientes.