�Cu�nto sabes sobre...?
�El empleador puede extender unilateralmente la jornada ordinaria diaria de los trabajadores del comercio en d�as previos a la Navidad?
De conformidad con lo dispuesto en el art�culo 24 del C�digo del Trabajo, el empleador puede extender la jornada ordinaria de los trabajadores del comercio hasta en dos horas diarias durante nueve d�as anteriores a navidad, distribuidos dentro de los �ltimos quince d�as previos a esta festividad. En este caso, las horas que excedan la jornada de 45 horas semanales o la jornada convenida si fuere menor, deben pagarse como extraordinarias. Ahora, cuando el empleador ejerce la facultad precedentemente se�alada no pueden pactarse horas extraordinarias. Finalmente debe indicarse que la norma legal establece que los trabajadores, en ning�n caso, pueden trabajar m�s all� de las 23 horas, durante los nueve d�as en los que se extienda la jornada ordinaria. Asimismo, bajo ninguna circunstancia lo har�n m�s all� de las 20 horas del d�a inmediatamente anterior a dicha festividad, como adem�s el d�a inmediatamente anterior al 1� de enero de cada a�o.