Acceso especial para personas ciegas.

�Tiene derecho al pago de horas extraordinarias el trabajador con remuneraciones variables?

De conformidad con lo establecido en el inciso 3� del art�culo 32 del C�digo del Trabajo, las horas extraordinarias deben pagarse con un recargo del 50% sobre el sueldo convenido para la jornada ordinaria de trabajo, liquidarse y pagarse conjuntamente con las remuneraciones ordinarias del respectivo per�odo. En caso de que no exista sueldo convenido, o �ste sea inferior al ingreso m�nimo mensual que determina la ley, �ste constituir� la base de c�lculo para el respectivo recargo. De esta forma, el legislador ha establecido expresamente que las horas extraordinarias de los dependientes que no tengan convenido un sueldo, circunstancia que acontece cuando el trabajador tiene remuneraciones variables, se calculan sobre el valor del ingreso m�nimo mensual. Es del caso se�alar que para que un trabajador con remuneraciones variables pueda tener derecho al pago de horas extraordinarias, tiene que tener convenido en su respectivo contrato el cumplimiento de una jornada ordinaria de trabajo, la cual conforme a lo dispuesto en el art�culo 22 del C�digo del Trabajo no puede exceder de 45 horas semanales.

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REMUNERACION HORAS EXTRAORDINARIAS