Acceso especial para personas ciegas.

�Se puede convenir que el lugar, la oportunidad y el horario de la prestaci�n de los servicios est�n entregados a las necesidades de la empresa?

La Direcci�n del Trabajo ha se�alado en su jurisprudencia administrativa, en dictamen 1470/70 de 18.04.01, que una de las finalidades del art�culo 10 del C�digo del Trabajo es imprimirle certeza y seguridad jur�dica a la relaci�n laboral, de forma que el trabajador conozca cabalmente los t�rminos b�sicos de su contrataci�n, esto es, a lo menos, la persona de su empleador, lugar de desempe�o, naturaleza de sus funciones, remuneraci�n y jornada de trabajo, condiciones �stas que le permiten prever y deslindar los tiempos de trabajo, descanso y distracci�n. De esta forma, no resulta jur�dicamente procedente que el contrato contenga cl�usulas que queden sujetas a la voluntad unilateral de una de las partes de la relaci�n laboral, como ser�a el caso que el empleador dispusiera arbitrariamente el lugar de prestaci�n de servicios, o que la jornada est� sujeta a las necesidades de la empresa, o que la prestaci�n de los servicios sea efectuada cuando lo disponga el empleador, o que sea el empleador quien fije el horario de trabajo o el d�a de descanso semanal.

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Contrato de trabajo, Contrato Individual, Cl�usulas