Acceso especial para personas ciegas.

�Se puede transformar un contrato de plazo fijo en uno por obra o faena determinada?

De conformidad con lo previsto en el inciso 2� del art�culo 5� del C�digo del Trabajo, el contrato de trabajo se puede modificar, de com�n acuerdo, en todas aquellas materias en que las partes hayan podido convenir libremente. De esta manera, si antes del vencimiento del plazo estipulado en el contrato el trabajador conviene con su empleador, a trav�s de un anexo de su respectivo contrato, modificar la cl�usula que establec�a dicho plazo y sustituirla por otra de plazo indeterminado, tal acuerdo no contraviene la normativa laboral, toda vez que la modificaci�n, adem�s de efectuarse de com�n acuerdo, versa sobre materias que la ley faculta a las partes para negociar, cual es, la relativa a la duraci�n del contrato, una de las estipulaciones m�nimas que debe contener �ste de conformidad a lo previsto en el art�culo 10 del C�digo del Trabajo.

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Contrato de trabajo, Contrato Individual, Cl�usulas