�Cu�nto sabes sobre...?
�Qu� se entiende por simulaci�n de contrataci�n?
La Direcci�n del Trabajo ha fijado el sentido y alcance del inciso primero del actual art�culo 507 (ex art�culo 478) del C�digo del Trabajo, mediante dictamen 0922/0025 de 11.03.2003, concluyendo que la conducta calificada como il�cita por el inciso 1� del art�culo 478 ( actual art�culo 507) del C�digo del Trabajo, corresponde a aquella en que un empleador en los t�rminos definidos por el art�culo 3� del mismo texto legal, utiliza y se beneficia de los servicios de un trabajador en condiciones de dependencia y subordinaci�n, sin haber otorgado el respectivo contrato de trabajo, el que se encuentra suscrito por el trabajador con un tercero o quien aparezca como tal, cuesti�n que da como resultado el encubrimiento del verdadero v�nculo laboral y de sus partes.