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�Cu�les son las regal�as que se pueden convenir con los trabajadores agr�colas?

Respecto de la remuneraci�n del trabajador agr�cola, la norma legal contenida en el art�culo 91 del C�digo del Trabajo establece que �sta puede estipularse en dinero y en regal�as, pero en ning�n caso puede pactarse que el valor de las regal�as exceda del cincuenta por ciento de la remuneraci�n. Se entiende por regal�as el cerco, la raci�n de tierra, los talajes, la casa habitaci�n higi�nica y adecuada y otras retribuciones en especie a que el empleador se obligue para con el trabajador. Al respecto, es del caso aclarar que la Resoluci�n que fija los valores de las regal�as es la N� 170, de 1974 del M. del Trabajo y Previsi�n Social. Esta resoluci�n valora las regal�as de tierra, cerco, talaje, le�a obtenida en el predio y preparaci�n de tierra para siembra, disponiendo que los valores asignados deben reajustarse de acuerdo al porcentaje de alzas que experimenten las remuneraciones del sector privado. Cabe indicar que para establecer la procedencia del descuento o imputaci�n de los valores de las regal�as a los salarios en dinero, debe estarse a lo que establezca el respectivo contrato de trabajo. En efecto, si en el contrato se ha dispuesto una remuneraci�n global de la cual deben descontarse las regal�as, deber� asignarse a �stas los valores fijados de acuerdo a la Resoluci�n antes citada y proceder al descuento. Si por el contrario, se establece un sueldo en dinero y adem�s el otorgamiento de determinadas regal�as, el valor de �stas no puede descontarse del sueldo, de tal manera que el aval�o no tendr� otro objeto que establecer la remuneraci�n total del trabajador, sumando la parte en dinero y el valor de las regal�as. Con todo, las regal�as por ser remuneraci�n son imponibles.

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REMUNERACION, REMUNERACIONES EN GENERAL