�Cu�nto sabes sobre...?
�Existe derecho al descanso postnatal cuando ha existido una interrupci�n al embarazo?
Para la procedencia del descanso o licencia de post natal s�lo es necesario que se produzca un parto, sin que se exija que la criatura nazca viva o se mantenga viva durante el transcurso de dicho descanso. Por ello, existiendo parto, aun cuando este sea prematuro, proceder�a que se otorgue descanso postnatal a la trabajadora. En cambio, si se trata de un aborto o interrupci�n del embarazo no habr�a derecho a ese beneficio, sin perjuicio de que a la trabajadora se le otorgue una licencia m�dica com�n por el tiempo que necesite para su recuperaci�n o del derecho al permiso que establece el art�culo 66 del C�digo del Trabajo, por tres d�as h�biles en el caso de muerte de un hijo en periodo de gestaci�n, permiso que se har� efectivo desde el momento de acreditarse la muerte con el respectivo certificado de defunci�n fetal.