�Cu�nto sabes sobre...?
�El tiempo de permiso para alimentar a los hijos en sala cuna aumenta si se tiene m�s de un hijo en el establecimiento?
De conformidad con lo establecido en el inciso 1� del art�culo 206 del C�digo del Trabajo, las trabajadoras tienen derecho a disponer, a lo menos, de una hora al d�a, para dar alimento a sus hijos menores de dos a�os, derecho que puede ejercerse de algunas de las siguientes formas a acordar con el empleador: a) en cualquier momento dentro de la jornada de trabajo, b) dividi�ndolo, a solicitud de la interesada, en dos porciones, y c) postergando o adelantando en media hora, o en una hora, el inicio o el t�rmino de la jornada de trabajo. Es del caso se�alar que el legislador ha establecido expresamente en el inciso 4� del referido art�culo 206 que el derecho a alimentar consagrado en la norma legal le resulta aplicable a toda trabajadora que tenga hijos menores de dos a�os, aun cuando no goce del derecho a sala cuna. Por otra parte, la Direcci�n del Trabajo ha establecido en su jurisprudencia administrativa, en dictamen 3362/102 de 20.08.03, que el tiempo m�ximo de una hora en dos porciones, que tiene la madre trabajadora para dar alimento a los hijos que se establece en el referido art�culo 206, es por cada hijo menor de 2 a�os que se mantiene en la sala cuna. Ahora bien, toda vez que el legislador ha extendido el derecho de las madres trabajadoras a alimentar a sus hijos aun cuando no exista sala cuna, la doctrina precedentemente se�alada resultar�a aplicable aun cuando no exista la obligaci�n de proporcionar el beneficio de sala cuna, de manera que si la trabajadora tiene hijos de una misma edad o nacidos en parto m�ltiple o de distinta edad menores de dos a�os, el tiempo m�ximo de una hora que tiene derecho para alimentar a sus hijos es por cada hijo menor de dos a�os.