�Cu�nto sabes sobre...?
�Los trabajadores que tienen convenida una jornada prolongada de 60 horas semanales tienen derecho a descansar dos domingos al mes?
Respecto de la jornada laboral de los trabajadores que prestan servicio en restaurantes, hoteles y clubes, si se ha pactado una jornada prolongada de 12 horas de permanencia en el establecimiento en conformidad con el art�culo 27 del C�digo del Trabajo, tal jornada laboral s�lo puede distribuirse en cinco d�as en la semana y no en seis como era antes de la entrada en vigencia de la Reforma Laboral del a�o 2001. En el caso de los trabajadores de restaurantes, hoteles y clubes, que atienden directamente al p�blico y que tienen pactada una jornada que incluya los d�as domingo y festivos, descansando en la semana en forma compensatoria, les asiste el derecho a que dos de los descansos del mes les sean otorgados en d�a domingo. Finalmente, cabe agregar que aquellos trabajadores que laboran en restaurantes, hoteles y clubes a los cuales por ley no es posible aplicarles la jornada prolongada antes referida (personal administrativo, el de lavander�a, lencer�a y cocina) y que hubieren convenido una jornada ordinaria que incluye los d�as domingo y festivos, descansando en la semana en forma compensatoria, igualmente tienen derecho a que dos de los descanso del mes les sean otorgados en d�a domingo.