Acceso especial para personas ciegas.

¿Cuál es el descanso a que tiene derecho el trabajador después de terminada su jornada diaria de trabajo?

Respecto del descanso a que tiene derecho un trabajador luego de terminada su jornada laboral, cabe señalar que la Dirección del Trabajo ha establecido mediante dictamen 946/046 de 10.02.94, que entre una jornada efectiva de trabajo y otra, debe existir un espacio de tiempo destinado al reposo, cuya duración debe ser equivalente, por lo menos, al período laborado.

imprimir
Jornada de Trabajo, Ordinaria, 45 horas semanales